Decreto N° 736/97

FirmantesDe La Rúa-Gauna-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Junio de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 736/ 97

OTORGA PODER ESPECIAL JUDICIAL A FAVOR DE LOS PROFESIONALES INDIVIDUALIZADOS EN EL ANEXO I, PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y DE LOS INTERESES DE LA EX MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ENTIENDAN EN TODO ASUNTO RELACIONADO CON DERECHOS REGISTRABLES DE LA CIUDAD A FAVOR DE LA MISMA.

DESIGNACIÓN DE MANDATARIOS JUDICIALES, REPRESENTACIÓN JUDICIAL, COBRO DE IMPUESTOS, COBRO DE TRIBUTOS, APODERADOS, PODER ESPECIAL JUDICIAL, COBRO DE LA DEUDA FISCAL EN MORA, SUSPENSIÓN GENÉRICA, PODER GENERAL JUDICIAL

Buenos Aires, 19/06/1997

Visto el Expediente N° 93.608-96, por el cual la Escribanía General manifiesta que es necesario que diversos profesionales de ese Organismo cuenten con poder especial para representa al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y defender en sede judicial sus intereses, y

CONSIDERANDO:

Que la Procuración General se ha expedido al respecto aconsejando que debería accederse a lo solicitado por la Escribanía General (folio 14);

Que, en consecuencia, corresponde disponer el otorgamiento de tal poder;

Que, asimismo, procede dejar sin efecto todo otro poder especial judicial otorgado previamente a personal de planta permanente o a funcionarios con cargo fuera de nivel de la Escribanía General que hubieran cesado su relación de empleo público;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias, artículo

104, inciso 1°) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Otórgase Poder Especial Judicial a favor de los profesionales individualizados en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto, para que en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de los intereses de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y actuando en forma conjunta, indistinta, sucesiva, o alternada, cualesquiera de ellos entiendan en todo asunto relacionado con derechos registrables de la ciudad a favor de la misma, facultándolos al efecto para que se presenten ante los señores Jueces y Tribunales del Fuero y Jurisdicción que corresponda, solicitando inscripciones, oficios y exhortos, notificaciones, emplazamientos, y peticionando se ordenen inscripciones judiciales y/o administrativas, asumir en los términos de la Ley N° 22.427, las deudas por tasas de Obras...

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