Decreto N° 431/97

FirmantesDe La Rúa - Gallo - Rodriguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Abril de 1997

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 431/ 97

ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS - ETOSS- E.T.O.S.S - RENUNCIAS -DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL DIRECTORIO - RENUNCIA - HORACIO JORGE REOLFI - ARMANDO BLASCO - DESIGNACIÓN - EDUARDO EPSZTEYN - MARTÍN LASCANO

Buenos Aires, 23/04/1997

Visto el Decreto PEN N° 999-92 y los Decretos Nros. 194-93 y 592-95, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo N° 19 del Decreto PEN N° 999-92, dispone que el Directorio del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios se compone de seis miembros representantes del Poder Ejecutivo Nacional, de la provincia de Buenos Aires, y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires), respectivamente, a razón de dos integrantes por cada uno;

Que el artículo N° 22 de la citada norma establece que "el mandato de los miembros del Directorio se establecerá por seis (6) años y su designación podrá ser renovada por un solo período de idéntica duración";

Que por Decretos Nros. 194-93 y 592-95, respectivamente, la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, adhirió al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 999-92 como norma integrativa del acuerdo constitutivo del referido Ente Tripartito y designó como Directores representantes de la misma al ingeniero Horacio Jorge Reolfi, D.N.l. N° 04.529.043, y al doctor Armando Blasco, D.N.I. N° 04.101.579;

Que en razón de haber presentado los nombrados sus renuncias, resulta necesario aceptar las mismas y nombrar nuevos Directores en calidad de representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el licenciado Eduardo Epszteyn, D.N.I. N° 11.985.826, y el ingeniero Martín Lascano, D.N.I. N° 08.490.029, reúnen los requisitos necesarios para el ejercicio de la función de Directores representantes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Directorio del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios;

Por ello, y en concordancia con lo prescripto en el Anexo I, capítulo III, artículos Nros. 19 y 22 del Decreto PEN N° 999-92 y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Acéptanse a partir de la firma del presente...

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