Decreto N° 716/96

FirmantesDe La Rúa - Gauna Rodríguez Giavarini - Gallo
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 1996

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 716/ 96

RATIFICA TEMPERAMENTO ADOPTADO POR LA DIRECCIÓN INSTITUTO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Buenos Aires, 12/12/1996

Visto el expediente N° 75.966/96 por el cual tramita la programación proyectada por la Dirección Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que la misma abarca el período comprendido entre los meses de noviembre y diciembre del año 1996 y cuenta con la conformidad de la señora Secretaria de Cultura;

Que todas las actividades proyectadas han sido debidamente valorizadas, estimándose adecuado el costo de cada una de ellas;

Que a fin de agilizar las tramitaciones contractuales, resulta oportuno autorizar a la señora Secretaria de Cultura a aprobar los convenios pertinentes, a condición de que cada uno de ellos no supere los montos consignados en la programación a que se ha hecho referencia;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 inciso 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifícase el temperamento adoptado por la Dirección Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires dependiente de la Secretaría de Cultura, al ejecutar la programación proyectada para el período comprendido entro íos meses de noviembre y diciembre del año 1996, conforme con el detalle y los montos consignados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2°

Autorízase a la señora Secretaria de Cultura a ratificar las contrataciones que se efectúen conforme con el detalle y montos de la programación aprobada por el artículo anterior.

Art. 3°

El gasto total de pesos tres mil ($ 3.000.-) se imputará a la partida 6030812-349 60.04 Act. 01 del presupuesto en vigor.

Art. 4°

El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Cultura y el senor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 5°

Dése al Registro, publíquese en el...

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