Decreto N 484/GCABA/11

FirmantesMacri - Bullrich - Grindetti a/c
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 484/GCABA/11DELEGACIÓN DE FUNCIONES - DELEGA FUNCIONES EN LOS TITULARES DE LOS MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y DE HACIENDA PARA QUE EFECTÚEN DESIGNACIONES DE PERSONAL

Buenos Aires, 09 de septiembre de 2011

VISTO:

La Ley N° 471, el Decreto N° 2.194/03, el Expediente N° 593.303/11, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo normado por el artículo 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Jefe de Gobierno tiene la facultad de nombrar a los funcionarios y agentes de la Administración y ejercer la supervisión de su gestión, integrando ésta el ámbito de su competencia originaria;

Que por el artículo 5° del Decreto N° 2194/03, se establece entre otras cuestiones que las vacantes de las ex Plantas Transitorias existentes a la fecha de publicación del Decreto N° 491/03, así como las que se produzcan exclusivamente en las Dotaciones de Auxiliares de Portería de la entonces Secretaría de Educación, sólo pueden ser cubiertas mediante el dictado de un Decreto, con carácter interino y hasta la definitiva titularización por concurso, conforme la previsión contenida en el artículo 6° de la Ley N° 471;

Que la función que desempeñan los Auxiliares de Portería en los establecimientos escolares de la jurisdicción, resulta fundamental para el normal funcionamiento de la tarea educativa;

Que, resulta conveniente avanzar en el proceso de descentralización de competencias, con el objeto de propiciar una mayor celeridad en el mecanismo de designación de personal;

Que a tales fines se propicia delegar la facultad para efectuarlas designaciones del mentado personal, en forma conjunta en los titulares de los Ministerios de Educación y de Hacienda.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 Inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°

Delégase en los titulares de los Ministerios de Educación y de Hacienda, para que en forma conjunta, efectúen las designaciones de personal en la función de Auxiliar de...

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