Decreto N° 556/MCBA/96

FirmantesDomínguez-Fernández Prol
Jefe de GobiernoJorge Domínguez
EmisorMunicipalidad de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Junio de 1996

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 556/ MCBA/ 96

DECLÁRASE CADUCIDAD DE PERMISO OTORGADO A LA SEÑORA MARTHA N. B. DE ZUBELDÍA PARA LA INSTALACIÓN DE UN PUESTO DE BEBIDAS EN LA PLAZA MISERERE

Buenos Aires, 26/06/1996

Visto el Expediente N° 2.741-94; las Resoluciones números 999-SOC-91 y 1.080-SOC-91; las Ordenanzas Nros. 46.229 (B.M. Nº 19.504) y 46.660 (B.M. Nº 19.559), y

CONSIDERANDO:

Que conforme surge de los términos de la Resolución número 999-91 de la ex Subsecretaría de Obras y Concesiones (fs. 7). el permiso que se otorgó a la señora Martha Nelly Bragazzi de Zubeldía sobre un puesto de expendio de sustancias alimenticias en Plaza Miserere reviste el carácter de precario;

Que el artículo 2° de la Ordenanza N° 46.229 (B.M. N° 19.504) dispone en su parte pertinente que las tenencias precarias existentes caducarán a partir de la vigencia de la misma;

Que el permiso examinado no se encuadra dentro de las excepciones previstas por la Ordenanza N° 46.660 (B.M. Nº 19.559) por lo que se colige que ha operado su caducidad;

Por ello, atento lo dictaminado por la Procuración General y de conformidad con la establecido en el inciso z) del artículo.31 de la Ley N° 19.987,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1°

Declárase la caducidad del permiso precario otorgado por las Resoluciones Nros. 999-91 y 1.080-91 de la ex Subsecretaría de Obras y Concesiones a favor de la señora Martha Nelly Bragazzi de Zubeldía para la instalación de un puesto de expendio de bebidas gaseosas, diversas clases de sandwiches y helados en Plaza Miserere -Expediente Nº 2.741-94- sector EUDEBA.

Art. 2°

La medida dispuesta en el artículo precedente opera a partir del 1º de abril del año 1993, fecha de entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 46.229, sin implicar indemnización alguna a cargo de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a favor de la permisionaria.

Art. 3°

Intímase a la permisionaria para que dentro del plazo de 10 (diez) días, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, proceda a la desocupación y restitución a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aries del predio objeto del presente, bajo apercibimiento de hacerlo por administración y a su costa.

Art. 4°

El organismo de contralor de este permiso que por el presente se caduca, procederá a verificar el estado de cumplimiento de las...

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