Decreto N° 315 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 59
CORDOBA, (R.A.) LUNES 26 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Dirección de Jurisdicción de Recur-
sos Humanos del referido Ministerio, de corresponder, vericará el efectivo
cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de
la Ley N° 7233 para el ingreso de personal a la Administración Pública
Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria General
de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la
Secretaría de Capital Humano de Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 315
Córdoba, 07 de marzo de 2018
VISTO: El expediente N° 0027-058995/2015 del registro del Ministerio de Fi-
nanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 268/15 del Ministerio de Finanzas, se dispuso el
llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos del ar-
tículo 14 , punto II), apartado B) de la Ley N° 9361 para cubrir cargos vacantes
de Jefes de Área, Subdirectores y Directores de Jurisdicción.
Que en el Anexo I de la citada Resolución se llamó a cubrir el cargo vacante
de la Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Datos de la Dirección de
Jurisdicción Recaudación y Análisis Fiscal en el ámbito del citado Ministerio, el
que fuera debidamente publicado en la página web ocial del Gobierno de la
Provincia de Córdoba.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N° 9361, se
constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, la que aprobó, me-
diante Resolución N° 02/2015, las bases y condiciones generales del concurso
de que se trata, con los alcances, requisitos, designación de los integrantes del
Tribunal del Concurso y demás aspectos de la convocatoria efectuada.
Que en virtud del cronograma establecido, se receptaron las inscripciones de
los postulantes desde el día 05 hasta el día 8 de septiembre de 2015.
Que entre los días 10 al 14 de septiembre de 2015 se jó el plazo para las excu-
saciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos, las que
en su caso, fueron debidamente resueltas, por parte de la Comisión Laboral
de Concurso y Promoción procediéndose a la conformación denitiva de los
Tribunales de Concurso por Resolución N° 006/2015 de la citada Comisión.
Que se publicó en la página web ocial la conformación denitiva de los Tribu-
nales de Concurso, y la fecha para la prueba de oposición, prevista para el día
26 de septiembre de 2015.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de
Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba puso a
disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas las jurisdicciones,
quienes certicaron el proceso de ensobrado y custodia de los cuestionarios y
estuvieron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas
de Oposición.
Que así las cosas, luego de producida la prueba de oposición, continuó el pro-
ceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas
pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos
y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de
Mérito Provisorio el que fuera noticado a los participantes.
Que durante los días 26 al 28 de octubre de 2015 se receptaron las observacio-
nes al orden de mérito provisorio.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso
y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las
presentaciones, requerimiento de información y reclamos efectuados por los
concursantes, en los términos de las bases concursales y del artículo 78 de
la Ley N° 5350 (T.O. Ley N° 6658), tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito
Denitivo, el que fue noticado.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Denitivo, habiendo superado
las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder al cargo vacante
de la Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Datos de la Dirección de
Jurisdicción Recaudación y Análisis Fiscal de la Dirección General de Rentas
en la órbita de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas,
corresponde al señor Gabriel Ignacio Aguirre.
Que resulta necesario encomendar a la Dirección de Jurisdicción de Recursos
Humanos de la citada cartera ministerial, la vericación del efectivo cumpli-
miento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233
para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos
Legales del Ministerio de Finanzas con el N° 014/2017, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 111/2018, y en ejercicio de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al señor
Gabriel Ignacio AGUIRRE, D.N.I. N° 24.473.075, en el cargo vacante de Subdi-
rector de Jurisdicción Gestión Integral de Datos de la Dirección de Jurisdicción
Recaudación y Análisis Fiscal de la Dirección General de Rentas en la órbita
de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas, por haber
obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso
de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolución N° 268/2015
del citado Ministerio, en los términos del artículo 14, punto II, apartado B) de
la Ley N° 9361.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Dirección de Jurisdicción de Recursos
Humanos del referido Ministerio, de corresponder, vericará el efectivo cumpli-
miento de los requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233
para el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de
Finanzas y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria General de la
Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la Secre-
taría de Capital Humano de Secretaría General de la Gobernación, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL
DE ESTADO - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - SILVINA RIVERO,
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

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