Decreto N° 307 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor28 de Marzo de 2023
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2023
MARTES 28 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 59
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 307 ...................................................................... Pag. 1
Decreto N° 308 ...................................................................... Pag. 2
Decreto N° 309 ...................................................................... Pag. 3
Decreto N° 310 ...................................................................... Pag. 4
Decreto N° 311 ...................................................................... Pag. 5
Decreto N° 312 ...................................................................... Pag. 6
Decreto N° 313 ...................................................................... Pag. 7
Decreto N° 314 ...................................................................... Pag. 8
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 10 - Letra:D .................................................... Pag. 9
Resolución N° 11 - Letra:D .................................................... Pag. 10
Resolución N° 12 - Letra:D .................................................... Pag. 10
Resolución N° 14 - Letra:D .................................................... Pag. 11
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 9 ..................................................................... Pag. 12
Resolución N° 11 ................................................................... Pag. 12
Resolución N° 12 ................................................................... Pag. 13
Resolución N° 13 ................................................................... Pag. 13
Resolución N° 14 ................................................................... Pag. 14
Resolución N° 16 ................................................................... Pag. 14
Resolución N° 17 ................................................................... Pag. 15
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 1 ..................................................................... Pag. 16
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 4 ..................................................................... Pag. 16
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N° 197 - Serie:A ...................................................... Pag. 17
TRIBUNAL ELECTORAL PROVINCIAL
Resolucion N° 3 ..................................................................... Pag. 21
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 307
Córdoba, 15 de marzo de 2023
VISTO: el Expediente N° 0521-063566/2022 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.R.
Se.P. propicia la aprobación del Convenio de Adquisición Directa de Inmue-
ble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en la
Comuna San Roque, Pedanía San Roque, Departamento Punilla de esta
Provincia, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo Matrícula
N° 971.430, con una supercie a afectar de 700,64 m2, celebrado el día 9
de febrero de 2022, entre la rma Caminos de las Sierras S.A., en repre-
sentación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria
de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y la señora Alicia Lucía
ZUMELZU, quien actúa en nombre y representación de la señora Daniela
SALMONSEN, titular del bien mencionado, para ser destinado a la eje-
cución de la obra: “ALTERNATIVA A RUTA NACIONAL N° 38 – TRAMO:
VARIANTE COSTA AZUL – LA CUMBRE – SECCIÓN: VARIANTE COSTA
AZUL – MOLINARI (PR. 0+000 A 21+500)”.
Que el referenciado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto
a expropiación de manera genérica mediante Ley N° 10.734, que declara
en dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecu-
ción de la obra “Ruta Alternativa a Ruta Nacional N° 38 – Tramo: Variante
Costa Azul – La Cumbre”, e individualizado por Resolución N° 304/2021,
modicada por su similar N° 404/2021, ambas del Ministerio de Obras Pú-
blicas, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N° 2238/2017;
ello, con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la supercie
a afectar de 700,64 m2, de acuerdo al Plano de Afectación CS-PX(VCA-
RN38)010-ROG.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, en cuya cláusula
primera se reere que la propietaria vendió y transrió la fracción de terre-
no declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada de
acuerdo al mencionado Plano de Afectación CS-PX(VCA-RN38)010-ROG
como Afectación Nº 31, para la ejecución de la obra mencionada. Asimis-
mo, se declara que la entrega de la posesión real y efectiva del inmueble
se realizó de manera irrevocable con fecha 2 de febrero de 2022. En tanto,
se acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores
del Convenio en cuestión.
Que en el mencionado Convenio, las partes jan de común acuerdo
el precio del inmueble expropiado, importe que coincide con lo estableci-
do por el Tribunal Administrativo Extrajudicial, lo que sumado al 10% adi-
cional autorizado por el artículo 14 de la Ley N° 6394, hace un importe
total, único, denitivo e irrevocable de Pesos Cuatro Millones Ochocientos
Cuarenta y Tres Mil Ochocientos Setenta y Cuatro con Veinte Centavos ($
4.843.874,20); el que se considera que incluye la compensación de cual-
quier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la
expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de la citada Ley.
A su vez, se declara que la empresa abona mediante transferencia banca-
ria a la propietaria, lo cual será imputado al pago total, único y denitivo del
inmueble en cuestión.
Que la transferencia de dominio del inmueble, a favor del Estado Pro-
vincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley
N° 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la ad-
quisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Denitivo
de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y
21 de la Ley N° 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y
16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997, así
como el artículo 7, inciso d), del Marco Regulatorio aprobado por Decreto
N° 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las
Sierras S.A. tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y represen-

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