Decreto N° 307 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Marzo de 2023 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 15 de Marzo de 2023 |
MARTES 28 DE MARZO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 59
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 307 ...................................................................... Pag. 1
Decreto N° 308 ...................................................................... Pag. 2
Decreto N° 309 ...................................................................... Pag. 3
Decreto N° 310 ...................................................................... Pag. 4
Decreto N° 311 ...................................................................... Pag. 5
Decreto N° 312 ...................................................................... Pag. 6
Decreto N° 313 ...................................................................... Pag. 7
Decreto N° 314 ...................................................................... Pag. 8
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 10 - Letra:D .................................................... Pag. 9
Resolución N° 11 - Letra:D .................................................... Pag. 10
Resolución N° 12 - Letra:D .................................................... Pag. 10
Resolución N° 14 - Letra:D .................................................... Pag. 11
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 9 ..................................................................... Pag. 12
Resolución N° 11 ................................................................... Pag. 12
Resolución N° 12 ................................................................... Pag. 13
Resolución N° 13 ................................................................... Pag. 13
Resolución N° 14 ................................................................... Pag. 14
Resolución N° 16 ................................................................... Pag. 14
Resolución N° 17 ................................................................... Pag. 15
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 1 ..................................................................... Pag. 16
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 4 ..................................................................... Pag. 16
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N° 197 - Serie:A ...................................................... Pag. 17
TRIBUNAL ELECTORAL PROVINCIAL
Resolucion N° 3 ..................................................................... Pag. 21
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 307
Córdoba, 15 de marzo de 2023
VISTO: el Expediente N° 0521-063566/2022 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.R.
Se.P. propicia la aprobación del Convenio de Adquisición Directa de Inmue-
ble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en la
Comuna San Roque, Pedanía San Roque, Departamento Punilla de esta
Provincia, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo Matrícula
N° 971.430, con una supercie a afectar de 700,64 m2, celebrado el día 9
de febrero de 2022, entre la rma Caminos de las Sierras S.A., en repre-
sentación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria
de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y la señora Alicia Lucía
ZUMELZU, quien actúa en nombre y representación de la señora Daniela
SALMONSEN, titular del bien mencionado, para ser destinado a la eje-
cución de la obra: “ALTERNATIVA A RUTA NACIONAL N° 38 – TRAMO:
VARIANTE COSTA AZUL – LA CUMBRE – SECCIÓN: VARIANTE COSTA
AZUL – MOLINARI (PR. 0+000 A 21+500)”.
Que el referenciado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto
a expropiación de manera genérica mediante Ley N° 10.734, que declara
en dicha condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecu-
ción de la obra “Ruta Alternativa a Ruta Nacional N° 38 – Tramo: Variante
Costa Azul – La Cumbre”, e individualizado por Resolución N° 304/2021,
modicada por su similar N° 404/2021, ambas del Ministerio de Obras Pú-
blicas, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N° 2238/2017;
ello, con destino a la obra pública citada anteriormente, siendo la supercie
a afectar de 700,64 m2, de acuerdo al Plano de Afectación CS-PX(VCA-
RN38)010-ROG.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, en cuya cláusula
primera se reere que la propietaria vendió y transrió la fracción de terre-
no declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada de
acuerdo al mencionado Plano de Afectación CS-PX(VCA-RN38)010-ROG
como Afectación Nº 31, para la ejecución de la obra mencionada. Asimis-
mo, se declara que la entrega de la posesión real y efectiva del inmueble
se realizó de manera irrevocable con fecha 2 de febrero de 2022. En tanto,
se acompaña la documentación que acredita la calidad de los suscriptores
del Convenio en cuestión.
Que en el mencionado Convenio, las partes jan de común acuerdo
el precio del inmueble expropiado, importe que coincide con lo estableci-
do por el Tribunal Administrativo Extrajudicial, lo que sumado al 10% adi-
cional autorizado por el artículo 14 de la Ley N° 6394, hace un importe
total, único, denitivo e irrevocable de Pesos Cuatro Millones Ochocientos
Cuarenta y Tres Mil Ochocientos Setenta y Cuatro con Veinte Centavos ($
4.843.874,20); el que se considera que incluye la compensación de cual-
quier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la
expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de la citada Ley.
A su vez, se declara que la empresa abona mediante transferencia banca-
ria a la propietaria, lo cual será imputado al pago total, único y denitivo del
inmueble en cuestión.
Que la transferencia de dominio del inmueble, a favor del Estado Pro-
vincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley
N° 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la ad-
quisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Denitivo
de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 14 y
21 de la Ley N° 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y
16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N° 1598/1997, así
como el artículo 7, inciso d), del Marco Regulatorio aprobado por Decreto
N° 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las
Sierras S.A. tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y represen-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba