Decreto Nº 302/GCABA/15
Firmantes | MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 15 de Octubre de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 3304 y el EE N° 2015-27612325-MGEYA-DGTALMH, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires instrumenta diversos
programas destinados a que la población que se encuentra en mayor desventaja
económica o con mayor grado de vulnerabilidad social pueda contar con alternativas
tales como la asistencia alimentaria, becas para desarrollo y capacitación o apoyo
técnico, y otras prestaciones dinerarias;
Que atento que conforme al Plan de Modernización de la Administración Pública
creado por Ley N° 3304 se prevé el desarrollo de herramientas tecnológicas en el
marco del proceso de modernización administrativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, corresponde determinar que los organismos del Poder
Ejecutivo que tengan a su cargo programas en los que se otorguen prestaciones
dinerarias, utilicen el sistema de recupero de fondos no utilizados por los beneficiarios,
de acuerdo a lo establecido en la normativa de aplicación a través de las herramientas
operativas y tecnológicas que establezca el Ministerio de Hacienda, conforme a las
competencias a su cargo;
Que en este sentido resulta oportuno facultar al Ministerio de Hacienda, a dictar las
normas complementarias, operativas y aclaratorias que fueran necesarias para el
mejor cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
cargo diversos programas en los que se otorguen prestaciones dinerarias, deberán
utilizar el sistema de recupero de fondos a través de las herramientas operativas y
tecnológicas que establezca el Ministerio de Hacienda.
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