Decreto N° 3.070

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2009

DECRETO N° 3.070

Mendoza, 7 de diciembre de 2009

Visto el expediente N° 00416-V-08-01029, agregada carátula N° 75.517-T-96-01028, en el cual la señora Nélida Angélica Videla solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don César Andrés Tobares; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 21 de abril de 2008, según fotocopia del Acta de Defunción agregada a fs. 58 y vta. del expediente N° 00416-V-08-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Decreto N° 1328/99, cuya copia obra a fs. 36/37 del mencionado expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con la fotocopia del Acta de Matrimonio obrante a fs. 87 y vta. de las presentes actuaciones.

Que a fs. 63 del expediente de referencia, obran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 65 vta. del mismo, la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 67 y 69, respectivamente, de la presente pieza administrativa, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Nélida Angélica Videla, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 102 de la Ley Nacional N° 21.965, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal, acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 98 del expediente N° 00416-V-08-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 100 del mencionado expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial N° 109/96...

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