Decreto N° 3.489

EmisorMrio. de Produccion
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2008

DECRETO N° 3.489

Mendoza, 5 de diciembre de 2008

Visto el expediente N° 1664-F-2008-01283, en el cual obran antecedentes sobre el aporte estatal al Fondo Vitivinícola Mendoza; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 2°, Punto 2 del Tratado suscripto entre las Provincias de Mendoza y de San Juan, ratificado por el Artículo 1° de la Ley N° 6216, establece dicho aporte en concepto de reintegro global por cargas y contribuciones que gravan a la industria a cargo de las provincias signatarias;

Que el importe del mismo se fijó en un monto equivalente a la suma efectivamente recaudada en concepto de contribución obligatoria que las provincias signatarias imponen a los establecimientos vitivinícolas inscriptos en el Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.N.V.) ubicados en sus territorios;

Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación a fojas 19/20 del expediente N° 1664-F-2008-01283 y lo dispuesto por el Decreto Acuerdo N° 4096/07,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

El pago dispuesto por el artículo anterior será...

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