Decreto n° 3.435

EmisorMin. Turismo y Cultura
Fecha de la disposición26 de Marzo de 0008

DECRETO N° 3.435

Mendoza, 30 de noviembre de 2007

Visto el Expediente N° 2024-M-2007-18000, en el cual el señor Intendente de la Municipalidad de Rivadavia, solicita un subsidio; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado subsidio será destinado a cubrir parte de los gastos que ocasione la refuncionalización del Centro Cultural Municipal Juan Centorbi ex Cine Ducal adquirido por la Municipalidad de Rivadavia, contándose con el Visto Bueno del señor Ministro de Turismo y Cultura a fs. 01;

Que se ha tramitado el respectivo volante de imputación preventiva del gasto a fs. 48;

Por ello, atento lo dictaminado a fs. 46 por Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Cultura y lo dispuesto por el Decreto-Acuerdo N° 774/96 y modificatorio Decreto N° 1186/96 y Decreto-Acuerdo N° 2074/03;

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 2°

La rendición de cuentas del presente subsidio deberá hacerse efectiva en un plazo no mayor a los noventa días corridos a contar de la fecha de recepción de estos fondos y conforme a lo establecido por el Acuerdo N° 2514/1997 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia y Decreto-Acuerdo N° 2074/03.

Artículo 3°

El gasto dispuesto en el artículo 1° del presente decreto será atendido por Tesorería General de la Provincia con cargo a la U.G.C.: TC0321-55205-0; U.G.E.: TC0321; Presupuesto vigente año 2007.

Artículo 4°

El Intendente de la Municipalidad de Rivadavia, Lic. Ricardo Alfredo Mansur, L.E. N° M 8.470.356, será el responsable de recibir el beneficio y rendir cuentas.

Artículo 5°

El...

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