Decreto Nº 3.373

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2008

DECRETO Nº 3.373

Mendoza, 26 de noviembre de 2008

Visto el expediente 4054-M-08-77770, en el cual obra el Decreto Nº 2591/08, por el cual se autorizó a llamar a licitación pública para la contratación del Alquiler de un Inmueble, donde funcionará el Programa Provincial de Hemoterapia del Ministerio de Salud, y

CONSIDERANDO:

Que realizado el Acto de Apertura, se recibieron tres propuestas que da cuenta el acta de fs. 31, las cuales corren a fs. 32/75 del expediente de referencia;

Que con fecha 4 de noviembre de 2008, se realizó la licitación pública Nº 5777 para el alquiler de referencia, rechazándose las ofertas presentadas conforme lo indicado en el Informe Técnico obrante a fs. 78;

Que dada la urgencia de contar con el inmueble de referencia, se solicita se efectúe contratación directa en los términos del Art. 29º inc. B) apartado 5 y Art. 31º de la Ley Nº 3799 de Contabilidad y sus modificatorias.

Que a fs. 7 obra informe del Registro Único de Propiedades Inmuebles (RUPI),

Por ello, en razón del pedido ‘formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por Asesoría Letrada y lo aconsejado por la Dirección General de Administración del citado Ministerio,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Rechácense las ofertas presentadas en la licitación pública Nº 5777/08, destinada al alquiler de un inmueble, donde funcionará el Programa Provincial de Hemoterapia del Ministerio de Salud, autorizada por el Art. 1º del Decreto Nº 2591/08, por los motivos expuestos en Informe Técnico de fs. 78 del expediente 4054-M-08-77770, en conformidad con el Art. 13º del Pliego de Condiciones Generales.

Artículo 3º

El gasto autorizado por el Art. 1º del presente Decreto será abonado por el Departamento Administrativo Contable de las Subsecretarías del Ministerio de Salud, en los términos legales vigentes, según Decreto-Acuerdo Nº 66/82 y modificatorios, con cargo a la siguiente partida- Presupuesto 2008:

Cuenta General: S96075 41301 176

Unidad de Gestión: S70449

Artículo 4º

Establézcase que la vigencia de la presente contratación, regirá desde la efectiva ocupación del inmueble y por el término de dos (2) años, con opción a renovación automática por un (1) año más a favor del Estado, debiendo comunicar este hecho con treinta (30) días corridos de anticipación al vencimiento.

Artículo 5º

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