Decreto n° 3.263

EmisorMinisterio de Economia
Fecha de la disposición 2 de Enero de 0008

DECRETO Nº 3.263

Mendoza, 23 de noviembre de 2007.

Visto el expediente Nº 813-M-2006-00020, en el cual el señor José Mastroeni interpone recurso de alzada en contra de la Resolución Nº 675 que obra en Acta Nº 32, emitida por el Consejo de Administración del Fondo Vitivinícola Mendoza en fecha 28 de diciembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución se rechazó la presentación realizada por el señor José Mastroeni .... contra la determinación de deuda efectuada por el Fondo para la Transformación y Crecimiento..." en relación con el cumplimiento de la pauta diversificadora impuesta por la Ley Nº 6216 y modificatorias;

Que el recurso ha sido presentado dentro del plazo legal por lo que corresponde su admisión formal;

Que en cuanto al aspecto sustancial surge de las constancias de las citadas actuaciones, del informe presentado oportunamente por el Síndico del Fondo Vitivinícola Mendoza a fojas 21 y de lo informado por la Asesoría de Gabinete del Ministerio de Economía a fojas 41/42 del expediente Nº 813-M-2006-00020, que las declaraciones juradas correspondientes a los rubros "Elaboración" y "Exportaciones", ambas para el Ejercicio 2005, resultan insuficientes para alcanzar los volúmenes establecidos para el cumplimiento de la pauta diversificadora para ese ciclo productivo, fijada por Decreto Nº 639/05;

Que de conformidad con lo informado por la Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor, sobre la base de la documentación presentada por el propio interesado, se desprende que no cumple con lo dispuesto por el Artículo 4º Incisos a) y b) del Anexo II del Acta Nº 27/05 del Fondo Vitivinícola Mendoza;

Que teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y la solución a que se arriba, deviene en abstracto pronunciarse sobre la suspensión de la ejecución del acto peticionada por el recurrente y, en consecuencia, corresponde el rechazo del recurso interpuesto;

Que, asimismo, resulta oportuno señalar lo dictaminado por la Asesoría Legal del Fondo Vitivinícola Mendoza a fojas 30...

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