Decreto Nº 3.290

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2010

DECRETO Nº 3.290

Mendoza, 30 de diciembre de 2010.

Visto el expediente Nº 79.135-H-06-01029 y sus acumulados Nº 07241-A-09-80013 y Nº 07241-A-09-80013 (copia), en el primero de los cuales la señora Laura Margarita Aldalla solicita el beneficio de Pensión para su hija menor por el fallecimiento del señor Luis Fabián Herrera; la señora Lourdes Mónica Albelo, en su carácter de esposa legítima del causante, solicita Pensión para sí e hijos menores y la señora Laura Alejandra Arriagada, solicita idéntico beneficio para sí e hija menor; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 1 de julio de 2006, según Acta de Defunción, cuya copia se agrega a fs. 5 y vta. del expediente Nº 79.135- H-06-01029, acreditando más de 10 años de servicios policiales, quedando de baja por fallecimiento en el cargo Clase 021 - Cabo - Cuerpo Comando de las Policías de Mendoza, según Resolución Nº 1912-S-06 del Ministerio de Seguridad, cuya copia obra a fs. 111 del mismo expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo de la menor Ana Laura Herrera Aldalla queda acreditado con el Acta de Nacimiento que, en copia, se agrega a fs. 9 y vta. del expediente Nº 79.135-H-06-01029.

Que a fs. 147/148 y vta. del expediente Nº 79.135-H-06-01029, obra copia del Acta de Matrimonio de la señora Lourdes Mónica Albelo con el señor Luis Fabián Herrera; a fs. 30, 32 y 34 del citado expediente, se agregan copias de los Certificados de Nacimiento de sus hijos menores: Mónica Yanina Herrera Albelo, Facundo Nicolás Herrera y Carlos Fabián Herrera Albelo y a fs. 35/36 de la referida pieza administrativa, la señora Albelo declara haber convivido con su esposo hasta el año 1996.

Que a fs. 49/50 del expediente Nº 79.135-H-06-01029, la señora Laura Alejandra Arriagada declara haber convivido con el causante desde el año 1997 y que de esa unión nació una hija: Valentina del Valle Herrera cuyo vínculo se acredita con el Certificado de Nacimiento, que en copia se agrega a fs. 47 del mencionado expediente.

Que a fs. 37 vta, del expediente Nº 79.135-H-06-01029, se encuentra la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 62 y vta, y 63, respectivamente, del expediente Nº 79.135-H-06-01029, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario en un 50%...

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