Decreto n° 3.221
Emisor | Ministerio de Ambiente y Obras Publicas |
Fecha de la disposición | 10 de Enero de 0008 |
DECRETO N° 3.221
Mendoza,
20 de noviembre de 2007
Vistos el expediente N° 7079-P-2003-00020 y sus acumulados Nros. 2215-P-2003-30091, 543-P-2003-30091, 4947-P-2002-30091 y Nota N° 2414-H-2007-00020, en el primero de los cuales el Doctor Fernando R. Noras, en nombre y representación de la Empresa Constructora ¬ìLuis M. Pagliara S.A.¬î, contratista de las obras: ¬ìConstrucción Pabellones Modulares en Penitenciaría Provincial - Calle Boulogne Sur Mer - Ciudad - Mendoza¬î, interpone Recurso Jerárquico contra la Resolución N° 1495-AOP-2003 emitida por el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada norma legal se le rechazó a la interesada el Recurso de Revocatoria que presentara contra la Resolución N° 675-AOP-2003, también dictada por ese Ministerio, a través de la cual se le rechazó formalmente el reclamo de intereses por el pago parcial fuera de término del Certificado N° 4 de obra básica aprobado mediante la Resolución N° 357-AOP-2001, también originario de la misma jurisdicción.
Que desde el punto de vista formal corresponde admitir el instrumento ahora intentado, toda vez que ha sido interpuesto en tiempo y forma, según lo previsto por los Artículos 179, 180 y concordantes de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 3909.
Que al realizar el análisis sustancial del Recurso Jerárquico, la Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas no advierte circunstancias o aspectos novedosos en el planteo efectuado por la quejosa, quien se limita a reproducir los argumentos que ya expusiera en ocasión de la fase recursiva anterior y que fueron debidamente analizados, debatidos y refutados en esa oportunidad, por lo que ese servicio legal reitera en todos sus términos lo expuesto en su dictamen de fojas 17/21 de los autos N° 22l5-P-2003-30091.
Que la Dirección de Administración del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas notificó a la empresa en fecha 15 de octubre de 2001 que debía presentar la factura correspondiente al Certificado N° 4 de las obras de referencia, con el fin de proseguir con el trámite de liquidación y pago respectivos. Ella lo presentó el 17 de enero de 2002, aún cuando el plazo había vencido el 7 de setiembre de 2001, es decir, después de varios meses. No caben dudas, dice Asesoría de Gobierno en su dictamen de fojas 13/19 de los autos N° 7079-P-2003-00020, que la demora era imputable exclusivamente a la contratista, destacando además que Contaduría General de...
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