Decreto n° 3.043

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 9 de Enero de 0007

DECRETO Nº 3.043

Mendoza, 28 de diciembre de 2006

Visto el expediente Nº 1665-S-06-00951 y las disposiciones de la Ley Nº 24.185, modificada por Ley Nº 25.164, el artículo 24 de la Ley Nº 6656, los Decretos Nros. 955/04, 202/01 y 778/99, y

CONSIDERANDO:

Que en dichas actuaciones las partes de la negociación colectiva del Sector Administración Central -Instituto Provincial de Juegos y Casinos-, solicitan la homologación del Punto 1º del Acuerdo alcanzado el 28 de diciembre de 2005, el que fue ratificado por la Comisión Paritaria del Sector Administración Central en fecha 9 de marzo de 2006.

Que mediante Acta Paritaria de fecha 8 de setiembre de 2006, se ratifica el acuerdo de la Subcomisión Paritaria del Instituto de Juegos y Casinos, instrumentado en fecha 30 de marzo de 2005, por el cual se dispone un incentivo no remunerativo ni bonificable para el personal del Instituto que cumpla funciones de cajero de atención al público.

Que asimismo se solicita la homologación el punto 2 del Acta Acuerdo de fecha 5 de diciembre de 2005 de la Subcomisión Paritaria del Instituto de Juegos y Casinos, ratificada por el Acta de fecha 22 de diciembre de 2005, de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central.

Que las citadas homologaciones, resultan procedentes con relación a aquellas cláusulas o puntos del acuerdo que así lo requieran, a fin de que adquieran las características de fuerza normativa, efecto erga omnes y plazo de vigencia.

Que en este sentido y conforme lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Gobierno a fs. 23, se considera que los Acuerdo deben ser homologados, por cumplir las condiciones de la legislación vigente en la materia y no afectar disposiciones de orden público.

Por ello,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Homológuese el Punto 1º del Acta Acuerdo, de fecha 28 de diciembre de 2005, suscrita por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central -Instituto Provincial de Juegos y Casinos-, ratificado por la Comisión Paritaria del Sector Administración Central en fecha 9 de marzo de 2006, que en fotocopias y como Anexos I y II forman parte del presente Decreto.

Artículo 2º

Homológuese el punto 1 inc. a) del acuerdo de la Subcomisión Paritaria del Instituto de Juegos y Casinos, instrumentado en fecha 30 de marzo de 2005, ratificado por el Acta suscrita por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central -Instituto Provincial de Juegos y Casinos de fecha 8 de setiembre de 2006, que en fotocopias y como Anexos III y IV forman parte del presente decreto.

Artículo 3º

Homológuese el punto 2 del Acta Acuerdo de fecha 5 de diciembre de 2005 de la Subcomisión Paritaria del Instituto de Juegos y Casinos, ratificada por el Acta de fecha 22 de diciembre de 2005, de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central, que en fotocopias y como Anexos V y VI forman parte del presente Decreto.

Artículo 4º

El presente decreto se dicta ad referéndum de la Honorable Legislatura Provincial.

Artículo 5º

El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y de Hacienda.

Artículo 6º

Comuníquese...

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