Decreto N° 291

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
3
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 70
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 8 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
de la firma interviniente, deviene procedente 7c/ convalidación de lo
actuado y su reconocimiento, declarándolos de legítimo abono y auto-
rizando el pago del importe adeudado por la suma de $3.821.345,00 a
favor del señor ORELLANA ARMANDO JOSÉ DEL VALLE, debiéndose
efectuar su pago a través de la Secretaría General de la Gobernación.
Que se incorpora Documento Contable Nota de Pedido N°
2016/000045 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado demanda.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por
la Ley Provincial N° 10.267, por Decreto 82/2015, lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales del
entonces Ministerio de Infraestructura con el N° 546/2015, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 1101/2015y en uso de atribuciones constituciona-
les;
EL GOBERNADOR DELA PROVINCIA
DECRETA
Articulo 1.- CONVALÍDASE lo actuado por la Dirección Provincial
de Vialidad; RECONOCENSE los trabajos ejecutados en la zona de
Sierras Chicas como consecuencia de las inundaciones que sufriera la
región en el mes de febrero del año 2015, efectuados por ORELLANA
ARMANDO JOSÉ DEL VALLE (CUIT N° 20- 23963171-2), DECLÁRA-
SE de legitimo abono la suma de Pesos Tres Millones Ochocientos
Veintiún Mil Trescientos Cuarenta y Cinco ($3.821.345,00), adeudada
por dicho concepto y AUTORÍZASE el pago cancelatorio de la Factura
B N” 0003- / 00000009 de fecha 9 de septiembre de 2015, la que como
Anexo I, compuesto de una (1) foja útil, se acompaña y forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso por la suma total de Pesos Tres
Millones Ochocientos Veintiún Mil Trescientos Cuarenta y Cinco ($
3.821.345,00), con cargo a Jurisdicción 1.20, Programa 201-002, Parti-
da 12.06.00.00 del P. V, conforme lo indica Documento Contable Nota
de Pedido N° 2016/000045.
Artículo 3o.- FACULTASE a la señora Secretaria General de la
Gobernación, a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspon-
dientes, a los fines afrontar las erogaciones que por el presente acto
administrativo se legitiman, en un lodo de acuerdo con las previsiones
de la Ley Provincial N° 10.267.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por, el señor Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y por el señor Fiscal de
Estado y será firmado por la señora Secretaria General de la Goberna-
ción.
Artículo 5o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial pase a la Secretaría General de la Gobernación a sus
efectos y archívese. Fdo: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR.
JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO: http://goo.gl/BAJbhr
Decreto N° 291
Córdoba, 1 de abril de 2016
VISTO: El expediente Nº 0719-060305/2016 del registro del Ministerio
de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra incorporado “CONVENIO DE
COMISIONES POR SERVICIO DE PAGO DE HABERES A AGENTES AC-
TIVOS Y PASIVOS ENTRE EL MINISTERIO DE FINANZAS DE LA PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA Y EL BANCO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
S.A.”, el cual fuera suscripto en la ciudad de Córdoba a 7 días del mes de
marzo de 2016, ad referéndum del Poder Ejecutivo por el Banco de la Pro-
vincia de Córdoba, representado por el Señor Director Titular de la citada
entidad y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, represen-
tada por el Señor Ministro de Finanzas.
Que por el citado Convenio las partes convienen que por el servicio
de pago de haberes a jubilados y pensionados y a los agentes de la Ad-
ministración Pública Provincial, centralizada, descentralizada, entes autár-
quicos, agencias, sociedades y empresas del Estado, se abonará al Banco
la suma de pesos diez ($ 10.-) por cada acreditación en la cuenta caja
de ahorros del jubilado, pensionado y/o agente, con más el monto corres-
pondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) o aquél que en el futuro lo
sustituya.
Que asimismo, las partes acuerdan abonar mensualmente al Banco la
suma de pesos diez ($ 10.-) por cada acreditación al establecimiento edu-
cativo privado de la Provincia de Córdoba en concepto del aporte estatal
en el marco de las Leyes N° 9870 y 10012.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artícu-
los 144 inciso 1º y 147 de la Constitución Provincial y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales del Ministerio de Finanzas al Nº 123/16 y
por Fiscalía de Estado al Nº 0136/16
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- APRUÉBASE en todas sus partes el Convenio celebrado
entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Ministro de Finan-
zas y el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. representado por el Señor
Director Titular, el que como Anexo I con tres (3) fojas útiles, forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 3°.-PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese. Fdo: Juan Schiaretti, Gobernador / Lic. Osvaldo E. Gi ordano,
Ministro de Finanzas / Dr. Jorge Eduardo Córdoba, Fiscal de Estado
ANEXO http://goo.gl/JB9xsE

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR