Decreto Nº 3.601
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 30 de Diciembre de 2010 |
Mendoza, 30 de diciembre de 2010.
Visto el expediente Nº 00491-M-10- 01027, en el cual se solícita el ajuste de Situación de Revista del C.P.N y P.P. Miguel Angel Antonio Dasmi, quien presta servicios en la Tesorería General de la Provincia del Ministerio de Hacienda; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente de referencia, se solicita el ajuste de situación de revista del referido profesional al cargo Clase 013 - Subdirector con funciones de Subtesorero, Código Escalafonario: 05-1-04-03.
Que mediante Decreto Nº 2948 de - fecha 27 de noviembre de 2009, prorrogado en último término por Decreto-Acuerdo Nº 2336/10, se le encomendaron al C.P.N y P.P. Dasmi, las funciones del cargo Clase 013 - Subdirector con funciones de Subtesorero, Código Escalafonario: 05-1-04-03, lo cual deberá dejarse sin efecto.
Que lo solicitado se encuadra dentro de las disposiciones de los Decretos-Acuerdo Nº 565/08 y Nº 608/08.
Por ello, atento lo dispuesto por los Artículos 50 y 53 inciso a) de la Ley Nº 8154 y por el Artículo 21 del Decreto-Acuerdo Nº 366/10,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Déjese sin efecto la asignación de funciones a través del Suplemento por Subrogancia otorgada al C.P.N y P.P. Miguel Angel Antonio Dasmi, C.U.I.L. Nº 20-13292018-5, mediante Decreto Nº 2948/09, prorrogado en último término por Decreto-Acuerdo Nº 2336/10.
Exceptúese el presente decreto del congelamiento dispuesto por el Artículo 50 de la Ley Nº 8154 - Presupuesto Vigente Año 2010 y por el Artículo 21 del Decreto-Acuerdo Nº 366/10.
Ajústese interinamente y/o hasta tanto se cubra el cargo por concurso la Situación de Revista del C.P.N y P.P. Miguel Angel Antonio Dasmi, en la forma que se indica en la Planilla Anexa, que forma parte integrante del presente decreto.
Aclárese que el C.P.N y P.P. Miguel Angel Antonio Dasmi, C.U.I.L. Nº 20-13292018-5, continuará hasta el 31 de diciembre de 2010, incorporado en el Régimen del Adicional por Mayor Dedicación que establece el Artículo 59 de la Ley Nº 5126 y sus modificatorias, en el que fue incorporado mediante Decreto Nº 2948/09, prorrogado en último término por Decreto-Acuerdo Nº 2336/10, con el porcentaje del cincuenta por ciento (50%) y en su nueva Clase de revista.
El gasto que demande lo dispuesto mediante la presente norma legal será...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba