Decreto Nº 232
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 24 de Febrero de 2011 |
DECRETO Nº 232
Mendoza, 24 de febrero de 2011.
Visto el expediente Nº 41681-P-79-00240, en el cual corresponde cumplimentar la sentencia recaída en autos Nº 39323/3 caratulados Vargas, Elena Pascua c/Ex-Caja de Jubilaciones y Pensiones y Gob. de la Provincia p/Ordinario, dictada por el Juzgado Federal Nº 2, Mendoza, de Poder Judicial de la Nación, cuya copia se encuentra a fs. 114/119 y vta.; y
CONSIDERANDO:
Que la citada sentencia declara que corresponde otorgar el beneficio de Pensión por fallecimiento de su padre a la señora Pascua Elena Vargas, en carácter de hija incapacitada para trabajar, por considerar que acredita los requisitos exigidos en los Artículos 24, 25 y 28 de la Ley aplicable Nº 3794, con vigencia a partir de la fecha de fallecimiento de la anterior beneficiaria señora Ramona del Carmen Pereyra, ocurrido el 13 de abril de 1993 según copia del Acta de Defunción inserta a fs. 44 y vta. del expediente de referencia.
Que además en la referida sentencia, se ordena revocar el Decreto Nº 731 de fecha 29 de abril de 2004, cuya copia se encuentra agregada a fs. 106/108 del expediente Nº 41681-P-79-00240, que denegó el beneficio de pensión solicitado por la señora Pascua Elena Vargas.
Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado dictamina; a fs. 122 y 123, respectivamente, ambas del expediente de referencia, que procede dar cumplimiento a la sentencia recaída en los autos Nº 39323/3 caratulados Vargas, Elena Pascua c/Ex-Caja de Jubilaciones y Pensiones y Gob. de la Provincia p/Ordinario.
Que según lo establece la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 173 del expediente Nº 41.681-P-79-00240, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 174 del mencionado expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio de Pensión a la señora Pascua Elena Vargas, previa revocación del Decreto Nº 731 de fecha 29 de abril de 2004.
Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo...
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