Decreto Nº 263/GCABA/17

FirmantesRODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel
EmisorGOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VISTO:

La Ley N° 538 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y N° 5.785, el Decreto N° 114/17,

y el Expediente Electrónico N° 15.518.691-MGEYA-LOTBA/17, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.785 se creó la Sociedad del Estado "Lotería de la Ciudad de

Buenos Aires S.E." (LOTBA S.E.) en el ámbito del Ministerio de Hacienda, con el

objeto de autorizar, organizar, explotar, recaudar, administrar y controlar los juegos de

azar, destreza y apuestas mutuas, y actividades conexas en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, siendo a tal fin designada Autoridad de Aplicación de la

Ley N° 538 de Juegos de Apuestas;

Que el artículo 5° de la Ley N° 5.785, dispuso que la dirección y administración de la

Sociedad del Estado estará a cargo de un Directorio, integrado por cinco (5)

miembros: un (1) Presidente y cuatro (4) Directores titulares, además contará con

cuatro (4) Directores suplentes "ad-honorem", correspondiendo al Poder Ejecutivo la

designación de todos los miembros;

Que asimismo, el mencionado artículo 5° determina la duración del mandato del

Directorio en dos (2) años, pudiendo ser renovado sólo por dos (2) períodos

consecutivos;

Que según surge de los presentes actuados, el Sr. Luis María Bianchi, D.N.I. N°

13.245.850, C.U.I.L. N° 20-13245850-3, ha presentado su renuncia, a partir del 7 de

julio de 2017, al cargo de Director Titular de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E

(LOTBA S.E.), cuya designación fuera dispuesta mediante Decreto N° 114/17;

Que el Directorio de la LOTBA S.E., mediante Acta Directorio N° 9, de fecha 5 de julio

de 2017, aceptó por unanimidad la renuncia presentada por el mencionado agente;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Hacienda propicia la aceptación de la

mencionada renuncia y la designación, a partir del 10 de julio de 2017, de la Dra.

María Agustina Pando, D.N.I. N° 26.133.644, C.U.I.L. N° 27-26133644-3 como

Directora Titular de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.);

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución

de la Ciudad...

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