Decreto N 912/GCABA/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 912/GCABA/10SE DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 1933-MCGC/09

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2010

DECRETO N.° 912/10.

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2010

VISTO:

La Resolución N° 1187/MCGC/10, la Resolución N° 1933/MCGC/09, la Resolución N° 892/SC/06, el Expediente N° 14.746/06 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por el agente Francisco Mario Redondo (F. N° 307.942), contra los términos de la Resolución N° 1933/MCGC/09 por la cual se dispuso su cesantía;

Que las actuaciones se originaron a raíz de la denuncia presentada por alumnos egresados de 4° año, turno vespertino, del año 2005, de la cátedra de Técnica Actoral de la Carrera de Formación del Actor de la Escuela de Arte Dramático dependiente de la Dirección General de Enseñanza Artística ante el Área de Derechos a la Educación, Cultura, Infancia y Juventud de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, sobre presuntos hechos de maltrato y abuso atribuidos al recurrente;

Que por encontrárselo responsable de los cargos por los que se indagara, el agente Redondo fue sancionado con cesantía por haber infringido el Art. 10 inc. c) de la Ley N° 471, quedando aprehendida su conducta en el supuesto contemplado por el Art. 48 inciso e) de dicho texto legal;

Que notificado el agente de los términos de la Resolución N° 1933/MCGC/09, interpuso contra dicho acto administrativo, recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, el cual fue interpuesto en tiempo y forma, en atención a lo normado por el Artículo 103 y siguientes de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en su presentación el recurrente solicitó se deje sin efecto la Resolución que dispuso su cesantía y se ordenara su reincorporación en el cargo que ocupaba;

Que asimismo, manifestó que el Dictamen de la Dirección General de Sumarios, no habría considerado la prueba aportada por el quejoso, y solo se habría sustentado en los dichos de los denunciantes...

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