Decreto - N° 228 - AJG/2023, 22/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DECRETO N.º 228/AJG/23
Buenos Aires, 22 de agosto de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales Nros. 15.262 y 19.945 (t.o. Decreto N° 2.135/PEN/83); y las Leyes Nros.
1.777 y 6.031 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 109/23, el
Expediente Electrónico N° 31344911-GCABA-DGTALMJYS/23, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 98 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece, que el/la
Jefe/a de Gobierno y el/la Vicejefe/a de Gobierno duran en sus funciones cuatro (4)
años;
Que el artículo 69 de la referida Constitución determina que los/as Diputados/as de la
Ciudad duran en sus funciones cuatro (4) años, debiendo renovarse el Poder
Legislativo en forma parcial cada dos (2) años;
Que el artículo 22 de la Ley N° 1.777 indica que los/as miembros de la Junta Comunal
duran en sus funciones cuatro (4) años, debiendo la Junta Comunal renovarse en su
totalidad cada cuatro (4) años;
Que por Decreto N° 109/23, se convocó para el 13 de agosto de 2023 al electorado de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y
Obligatorias para que, en forma concurrente con las elecciones primarias nacionales,
proceda a la selección, de un (1) candidato/a a Jefe/a de Gobierno, treinta (30)
candidatos/as a Diputados/as titulares y respectivos suplentes para integrar el Poder
Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y siete (7) candidatos/as a
miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las quince (15) Juntas
Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por agrupación política,
conforme las previsiones establecidas en el cuarto párrafo del artículo 60 del anexo I
de la Ley N° 6.031 - Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el mismo decreto, mediante artículo 5º se convocó para el 22 de octubre de
2023, al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones generales, a
celebrarse en forma concurrente con las elecciones generales nacionales, para que
proceda a la elección de Jefe/a de Gobierno y Vicejefe/a de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, treinta (30) Diputados/as titulares y sus suplentes para
integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y siete (7)
miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las quince (15) Juntas
Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes asumirán sus funciones
el día 10 de diciembre de 2023 conforme las previsiones establecidas en el cuarto
párrafo del artículo 60 del anexo I de la Ley N° 6.031 - Código Electoral de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el cuarto párrafo del artículo 60 del mencionado cuerpo legal prevé que, en caso
de considerarlo necesario, el Poder Ejecutivo podrá suscribir los acuerdos pertinentes
a efectos de celebrar los comicios en la fecha prevista para las elecciones nacionales
utilizando un sistema de emisión del sufragio distinto al vigente a nivel nacional;
Que, en virtud de ello, el Decreto N° 109/23 estableció, en su artículo 10, que las
elecciones convocadas debían realizarse mediante el instrumento de sufragio previsto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6689 - 22/08/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR