Decreto N° 2195 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Febrero de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2017
VIERNES 2 DE FEBRERO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 24
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 2195
Córdoba, 29 de diciembre de 2017
VISTO: el Expediente N° 0002-031056/2017 del registro de la Policía de la
Provincia de Córdoba, dependiente del Ministerio de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la promoción, desde
el 1° de enero de 2018, de los Oficiales Subalternos y Personal Subal-
terno de la Institución Policial, al grado que en cada caso se indica.
Que impulsa el trámite de marras el señor Jefe de Policía, quien ex-
presa que en los agentes nominados en el Anexo que se acompaña se
visualiza la idoneidad para el cumplimiento de los nuevos roles que su
estamento jerárquico impone, a los fines de satisfacer las necesidades
orgánicas de la Fuerza Policial.
Que los efectivos policiales cuyo ascenso se propicia han cumpli-
mentado el requisito establecido en el artículo 40 de la Ley N° 9728,
modificado por Ley N° 10.345, toda vez que han obtenido el Título Ter-
ciario de “Técnico Superior en Seguridad Comunitaria”.
Que la Jefatura de Policía informa que los egresos correspondien-
tes serán atendidos con anticipo de ejercicio 2018, según los progra-
mas y partidas que el presupuesto autorice, debiéndose, a tal efecto,
realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias.
Que dichas propuestas se ajustan a lo resuelto por la Junta de
Promociones para Oficiales Subalternos y Personal Subalterno, la que
aconseja el ascenso por las razones y fundamentos que obran en las
actas labradas al efecto, todo ello dentro lo establecido por los artícu-
los 50 y 51, inciso d) de la Ley Provincial N° 9728.
Que la Dirección Asesoría Letrada de la Policía se expide favora-
blemente a lo propiciado mediante Dictamen N° 2713/2017.
Que obra en autos Visto Bueno del señor Ministro de Gobierno.
Que conforme a lo expuesto, se considera oportuno y conveniente
la promoción de marras, en función de lo normado por el artículo 32,
inciso f) de la Ley N° 9235 de Seguridad Pública para la Provincia de
Córdoba y en el Título II, Capítulo V del “Régimen de Promociones
Policiales” de la Ley del Personal Policial N° 9728 y su Decreto Regla-
mentario N° 763/2012.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por
el artículo 39 de la Ley N° 9728, lo dictaminado por la Dirección de
Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno al N° 1242/2017, por Fisca-
lía de Estado bajo el N° 1615/2017 y en uso de atribuciones conferidas
por el artículo 144, inciso 10° de la Constitución Provincial;
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 2195 .................................................................... Pag. 1
Decreto N° 2063 .................................................................... Pag. 2
Decreto N° 68 ........................................................................ Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 30 ................................................................... Pag. 3
Resolución N° 25 ................................................................... Pag. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución General N° 1 ....................................................... Pag. 4
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1466 A ....................................... Pag. 6
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 3 ...................................................... Pag. 7
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1°.- PROMUÉVESE, a partir del 1° de enero de 2018, a las
Ociales Subalternos y Personal Subalterno de la Policía de la Provincia de
Córdoba, al grado que en cada caso se detalla, conforme al Anexo Único,
que compuesto de cuarenta y siete (47) fojas útiles se acompaña y forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso que demande lo dispuesto en el
artículo precedente, a las partidas y programas que je el Presupuesto
General de la Administración Pública Provincial – Año 2018 y, en su mérito,
AUTORÍZASE a la Dirección de Administración de la Policía de la Provincia
a realizar la afectación y liquidación correspondiente para el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente instrumento legal.
Artículo 3°.- El Ministerio de Gobierno gestionará, de corresponder,
ante el Ministerio de Finanzas, las adecuaciones presupuestarias que re-
quiera el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la Se-
cretaría de Capital Humano la Secretaría General de la Gobernación, a la
Policía de la Provincia de Córdoba, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / DR. JUAN CARLOS MASSEI, MINIS-
TRO DE GOBIERNO / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
anexo: https://goo.gl/tHR3gq

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