Decreto N° 2176 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Enero de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVII - Nº 10
CORDOBA, (R.A.) LUNES 15 DE ENERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
el texto del proyecto de contrato referido.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento del pre-
sente dispositivo por la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHENTA
Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 786.240,00), conforme el si-
guiente detalle: la suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS
SESENTA ($ 32.760,00) a Jurisdicción 1.15 Programa: 152-001, Partida:
3.02.01.00 “Alquiler de Edicios y Locales” del P.V., y la suma de PESOS
SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA
($ 753.480,00) con cargo anticipo ejercicios 2018 y 2019, a los Programas
y Partidas que los respectivos presupuestos autoricen,
conforme lo indican Documentos Contables – Órdenes de Compra N°
2017/000116 y Nº 2017/000117.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas,
comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓR-
DOBA, FISCAL DE ESTADO - JUAN SCHIARETTI
Anexo: https://goo.gl/1ZTXdr
Decreto N° 2175
Córdoba, 28 de diciembre de 2017
VISTO: el Expediente Nº 0002-031041/2017 del registro de la Policía de la
Provincia de Córdoba, dependiente del Ministerio de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el señor Jefe de Policía de la Provincia
propicia el pase a situación de Retiro Obligatorio de Ociales Superiores.
Que de las constancias de autos surge que la medida de que se trata en-
cuentra su fundamento jurídico en las previsiones del artículo 32 inciso f)
de la Ley Nº 9235, y en las disposiciones del Título V, Capítulo I “Retiros y
Pensiones de la Policía”, de la Ley N° 9728, en correlación con los artículos
81 inciso c) y 84 de la Ley Nº 8024 (T.O. Decreto N° 40/2009).
Que el pase a situación de Retiro Obligatorio debe ser entendido como un
sistema de inestabilidad permanente, que encuentra su justicación jurídi-
ca en el reconocimiento de una necesidad objetiva de la Institución Policial,
consistente en la renovación periódica de sus cuadros, para provocar el
estimulo y evitar así su estancamiento.
Que la valoración previa de los antecedentes funcionales o la explicación
concreta de las razones de servicio, no resultan indispensables, toda vez
que la propia norma consagra la causal de retiro citada en razón de la
naturaleza misma de la medida a la que sirven de causa, ya que en modo
alguno constituye ello una sanción, sino la implementación formal del de-
recho constitucional en su aspecto previsional.
Que la situación del personal cuyo retiro se gestiona fue tratada en la res-
pectiva Junta de Retiros para Ociales Superiores, habiendo tomado la
participación de su competencia el Tribunal de Conducta Policial y Peniten-
ciario, consignando los antecedentes sumariales de los nominados.
Que en ese sentido, respecto del personal policial cuyo pase a situación
de retiro se gestiona y que se encuentra bajo actuaciones administrativas
y/o judiciales en trámite, a tenor del informe remitido por aquel Tribunal,
procede disponer la medida instada de manera condicionada, dado que el
retiro dispuesto podrá ser modicado en la medida que les resulte adversa
la resolución de la causa judicial y/o administrativa en la que se encuentran
involucrados.
Que obra en autos Dictamen N° 2662/2017 emitido por la Dirección Ase-
soría Letrada de la Policía de la Provincia, como así también Acta de fecha
27 de noviembre de 2017 elaborada por la Junta para Retiros para Ociales
Superiores ya referida, en cumplimiento de lo preceptuado en el Artículo
50 de la Ley N° 9728.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Di-
rección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno bajo
el N° 1224/2017, por Fiscalía de Estado con el N° 1582/2017 y en ejercicio
de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 1º de la Constitución
Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DISPÓNESE, a partir de la fecha del presente instrumento
legal, el pase a situación de “Retiro Obligatorio, por las causales que en
cada caso se indica, de los Ociales Superiores de la Policía de la Provin-
cia de Córdoba, dependiente del Ministerio de Gobierno, nominados en el
Anexo Único, que compuesto de dos (2) fojas útiles se acompaña y forma
parte integrante del presente Decreto, sin perjuicio de transformarse la me-
dida aquí dispuesta en una sanción de tipo segregativa, en los casos que
corresponda, de resultarles adversa la resolución de la causa judicial y/o
administrativa en la que se encuentran involucrados.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Anexo: https://goo.gl/XGCUzc
Decreto N° 2176
Córdoba, 28 de diciembre 2017
VISTO: el Expediente Nº 0002-031042/2017 del registro de la Policía de la
Provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el señor Jefe de Policía de la Provincia
propicia el pase a situación de Retiro Obligatorio de Ociales Jefes.

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