Decreto N 616/GCABA/10

FirmantesMacri-Lombardi-Grindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 616/GCABA/10DISPONE LA PERCEPCIÓN DEL CINCUENTA POR CIENTO DEL SUBSIDIO DE VIRTÚ LEOPOLDO DEL CORAZÓN DE JESÚS MARAGNO A SU HIJO

Buenos Aires, 11 de agosto de 2010

VISTO:

El Expediente N° 545.645/10, la Ordenanza N° 44.370 y su modificatoria Ordenanza N° 47.396, y

CONSIDERANDO:

Que mediante dicha actuación la señora Cecilia Maragno solicita la percepción del subsidio que acuerda la Ordenanza N° 44.370 a favor de su hermano señor Leopoldo Francisco Maragno Risoleo, en su carácter de hijo discapacitado del artista Virtú Leopoldo del Corazón de Jesús Maragno;

Que dicho artista obtuvo el Premio único en la Categoría “A“ del Concurso Municipal de Música 1970, razón por la cual se le otorgó el subsidio mensual y vitalicio establecido por Ordenanza N° 44.370, del cual gozó hasta la fecha de su fallecimiento (24-02-2004);

Que la señora María Olga Risoleo en su condición de cónyuge supérstite, percibió el cincuenta por ciento (50%) de dicho subsidio hasta su fallecimiento, ocurrido el 08-04-2009;

Que mediante Ordenanza N° 47.396 se modificó el artículo 3° de la Ordenanza 44.370, incluyendo como beneficiarios del subsidio a los hijos menores de dieciocho (18) años o discapacitados;

Que de acuerdo a las constancias obrantes en los presentes actuados, se acreditan la filiación y discapacidad del señor Leopoldo Francisco Maragno Risoleo mediante: partida de nacimiento, actas de defunción de sus padres y certificado de discapacidad emitido por el Hospital de Emergencias Psiquiátricas “Teodoro de Alvear“, dependiente del Ministerio de Salud de este Gobierno;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218.

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD...

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