Decreto Nº 213

EmisorMunicipalidad de Capital
Fecha de la disposición13 de Febrero de 2009

DECRETO Nº 213

Mendoza, 13 de febrero de 2009

Visto: El Expediente Nº 142-R-2009, caratulado "Rentas Dcción - E/Informe Ref. Reglamentación Publicidad y Propaganda Ordenanza 3744/2008"; y

CONSIDERANDO:

Que el Código Tributario Municipal aprobado por Ordenanza Nº 10226/77, modificada recientemente por Ordenanza Nº 3744/08, en su Capítulo VII del Libro Segundo, regula los derechos de publicidad y propaganda, fijándole como ámbito de aplicación a la publicidad y propaganda comercial, cualquiera fuere su característica, realizada en la vía pública, visible o audible desde ella, así como la que se efectúe en el interior de sitios con acceso al público, cines, teatros, galería, comercios, campos de deportes y demás sitios de acceso público realizados con fines lucrativos y comerciales, en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza (Artículo 221º);

Que a los efectos de establecer la base imponible y sus futuras modificaciones se ha implementado el sistema de declaración jurada, ello para dar lugar a las liquidaciones administrativas bimestrales previstas por la norma reglamentada y sin perjuicio de los eventuales ajustes o determinaciones que surjan de las inspecciones futuras que al efecto se realicen;

Que corresponde fijar las fechas de los vencimientos para el pago del tributo y para la presentación de las declaraciones juradas modificatorias de las bases imponibles, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 67º inciso c) del Código Tributario Municipal aprobado por Ordenanza Nº 10226/77 y 90º de la Ordenanza Nº 3744/08 que fija el régimen tarifario para el ejercicio 2009, sólo respecto de las fechas de vencimientos, desde que la periodicidad ha sido fijada en forma mensual por el Honorable Concejo Deliberante en las citadas Ordenanzas;

Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen favorable para el dictado del presente Decreto;

Que corresponde en consecuencia establecer las pautas que regirán para la aplicación de sanciones por infracción a los deberes formales tributarios para todos los tributos alcanzados por esta normativa;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 105º Inciso 5º de la Ley Nº 1.079,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE MENDOZA

DECRETA:

Artículo 1º

Establézcase hasta el día 23 de Febrero de 2009...

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