Decreto N 426/GCABA/10

FirmantesMacri - Bullrich - Grindetti - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 426/GCABA/10SE RATIFICA EL DICTAMEN 5-JCDAEPZI-01 - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - DOCENTE - CLAUDIA LIVEROTTI - CONTRA EL PUNTAJE - JUNTA DE CLASIFICACIÓN DOCENTE ÁREA EDUCACIÓN PRIMARIA ZONA I - LISTADO DE CLASIFICACIÓN ANUAL 2.001 - NO SE HACE LUGAR - REVOCACIÓN - RESOLUCIÓN 1.499-SED-02

Buenos Aires, 27 de mayo de 2010

VISTO:la Ordenanza N° 40.593 y sus modificatorias, el Decreto N° 374/01, el Expediente N° 56.234/02, y

CONSIDERANDO:

Que por dichos actuados tramitó el recurso de reconsideración interpuesto por la docente Claudia Liverotti, DNI N° 17.370.852, contra el puntaje que le asignara la Junta de Clasificación Docente Área Educación Primaria Zona I, en el listado de clasificación anual 2001;

Que el artículo N° 46 del Estatuto del Docente Municipal aprobado por Ordenanza N° 40.593, establece que los actos administrativos, sean de alcance individual o general, podrán someterse a recursos en los casos y alcances señalados en el capítulo XX de dicho cuerpo legal y a su vez, para los casos de oscuridad, vacío, mala interpretación, controversias prevé la posibilidad de recurrir a la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo N° 91 de la Ley mencionada ut supra establece que las normas de alcance general, a las que la autoridad hubiere dado o comenzado a dar aplicación podrán ser impugnadas por medio de recursos administrativos;

Que, en tal sentido, la interesada impugna el acto administrativo que valoró sus antecedentes en el marco de los concursos del año 2001 y que su puntaje fue calculado en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto N° 374/01, razón por la cual debe tratarse la presentación en cuestión como recurso interpuesto contra el mentado Decreto;

Que, de lo expuesto precedentemente surge que el Dictamen N° 05/JCDAEPZI/01 de la Junta de Clasificación Docente Área Educación Primaria Zona I, que resolvió el recurso de reconsideración, deviene anulable por haber sido emitido mediando incompetencia en razón del grado y estar permitida la delegación, resultando susceptible de ratificación por el señor Jefe de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo N° 19 de la Ley de Procedimientos...

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