Decreto N° 204

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición10 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DECRETO N.º 204/19
Buenos Aires, 5 de junio de 2019
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado según Ley Nº 6.017), La Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto
consolidado según Ley Nº 6.017), la Resolución N° 3125/MEGC/13 y el Expediente N°
1283037/13, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 3125/MEGC/13 se resolvió la instrucción de un sumario con el
fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que hubiere lugar con
relación a presuntas irregularidades en referencia al desempeño de la docente Rosa
Malvina Ibarra (DNI Nº 29.414.745), como Maestra de Sección suplente en el Jardín
Maternal Nº 6 del Distrito Escolar 4º;
Que dichas irregularidades fueron puestas en conocimiento por denuncias efectuadas
por personal docente y por madres de alumnos del citado Jardín acerca de actitudes
inapropiadas llevadas a cabo por la docente Ibarra;
Que en consecuencia se tuvo por iniciado el Sumario Administrativo N° 362/13;
Que con mérito en las constancias obrantes en los antecedentes y en las colectadas
en la instrucción del precitado Sumario Administrativo N° 362/13, alcanzándose
sospecha suficiente, se convocó a la docente Ibarra a prestar declaración indagatoria;
Que habida cuenta las pruebas obrantes, y tras haber prestado declaración
indagatoria, se le formularon los respectivos cargos administrativos por violentar el
inciso 12 del artículo 74 del Reglamento Escolar (Resolución N°
4776/GCBA/MEGC/06), y los incisos c) y d) del artículo 6° del Estatuto del Docente
(Ordenanza N° 40.593, texto consolidado según Ley Nº 6.017), quedando aprehendida
su conducta por la previsión contenida en el inciso f) del artículo 36 del citado estatuto;
Que las conductas objeto de dichos cargos se relacionan con comentarios
desafortunados y modos bruscos que empleó la docente Ibarra para atender las
necesidades básicas de los pequeños, en el mes de Abril de 2013, en su desempeño
como maestra de sección suplente en la sala de lactarios del Jardín Maternal Nº 6
D.E. Nº 4º;
Que la Junta de Disciplina prestó conformidad con los cargos formulados;
Que la agente Ibarra presentó un nuevo descargo y llamada a alegar efectuó una
nueva presentación;
Que en dichas oportunidades, expuso que el sumario se hallaba viciado de nulidad
absoluta e insanable, que era ilegítimo e irrazonable y, en consecuencia, arbitrario, sin
hacer referencia a ningún agravio ni explicar algún perjuicio ocasionado;
Que cabe advertir que la docente de Rosa Malvina Ibarra simplemente se limitó a decir
que lo actuado era ilegítimo y arbitrario sin hacer referencia a ningún agravio ni
explicar algún perjuicio ocasionado;
Que lo requerido sería sencillamente la nulidad por la nulidad misma, expresión de un
afán ritual y formalista que no se compadece con la búsqueda de la verdad material
que orienta en todo momento la instrucción sumarial, razón por la cual corresponde
rechazar por improcedente el planteo interpuesto por la encartada;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5635 - 10/06/2019

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