DECRETO N° 2014

Número de registro40653
Fecha13 Septiembre 2023
Fecha de publicación13 Septiembre 2023

DECRETO N° 2014

SANTA FE, “Cuna De la Constitución Nacional”, 08 SEP 2023

VISTO:

El Expediente N° 02501-0005231-3 - S.I.E. (MIGyD), mediante el cual el Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad propicia la aprobación del “Plan Estratégico Provincial de Igualdad de la provincia de Santa Fe hacia el año 2030” y del “Foro provincial de organizaciones de mujeres y diversidades”, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 14.038 creó el Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad y por su artículo 7º incorporó el artículo 21 bis a la Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo N° 13.920, estableciendo sus misiones y funciones;

Que dentro de ellas, se enumeran: “1) Proponer y desarrollar las políticas del gobierno en materia de igualdad, prevención y eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo, origen racial o étnico, creencias religiosas o ideología, orientación sexual, identidad de género, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social; 2) Garantizar, en los actos de gobierno y las políticas públicas, la aplicación transversal de la perspectiva de género, observando en todos los casos el principio de igualdad de trato y de no discriminación; 3) Promover la participación plena y efectiva de los géneros y la igualdad de oportunidades de liderazgos en todos los niveles de la vida política, social, cultural y económica; 4) Diseñar y ejecutar programas y políticas con perspectiva de género que contribuyan a la equidad y a la superación de las diversas formas de discriminación y violencia contra las mujeres, promoviendo el desarrollo de las condiciones sociales adecuadas para garantizarles el ejercicio efectivo de todos los derechos...”;

Que atento a ello, desde dicha cartera se gestiona la aprobación del “Plan Estratégico Provincial de Igualdad de la provincia de Santa Fe hacia el año 2030”, siendo el mismo el producto final, y objetivo principal, del proceso de cooperación triangular entre Santa Fe-Argentina, Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) de Costa Rica y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo;

Que en este sentido, en el año 2021 se inició el proceso de cooperación técnica y asesoría Costa Rica-Argentina para la formulación de políticas públicas para la igualdad de género. Dicho programa ofreció una oportunidad para aunar esfuerzos para el fortalecimiento de las políticas públicas de género que mediante el formato de planes y políticas vienen evolucionando significativamente en la región;

Que en este marco, el Comité Bipartito del Programa de Cooperación Triangular Costa Rica-España- América Latina y Caribe aprobó el proyecto “Cooperación técnica para la formulación, ejecución, monitoreo y rendición de cuentas de políticas públicas para la Igualdad de Género” elaborado en conjunto por las partes técnicas costarricenses y argentinas, presentado por Argentina en la IV Fase del Programa de Cooperación Triangular Costa Rica-España- América Latina y Caribe;

Que de acuerdo a ello, se han realizado diversas acciones para cumplir con los objetivos y compromisos asumidos en la citada cooperación durante el año 2021 y el año 2022;

Que el proyecto presentado y aprobado ante la República de Costa Rica, a través de la Secretaría de Cooperación Internacional e Integración Regional, con el aval del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) de Costa Rica, tiene como objetivo principal contribuir al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) N° 5 y a garantizar la igualdad de las personas en el acceso y ejercicio de sus derechos en la provincia de Santa Fe;

Que en esta línea, es que se ha formulado el “Plan Estratégico Provincial de Igualdad de la provincia de Santa Fe hacia el año 2030” (PEPI) que constituye un instrumento para orientar el accionar del Estado, planificar y llevar adelante un proceso de trabajo conjunto entre los distintos Ministerios que integran el Ejecutivo Provincial, potenciando la institucionalización, transversalización y territorialización de la política de género;

Que este Plan Estratégico Provincial de Igualdad, se enmarca en las normativas internacionales que adhiere el Estado Nacional Argentino como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ( la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belem do Pará), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y los Principios de Yogyakarta, entre otras;

Que así también se contempla el amplio marco normativo nacional y provincial que la historia de la lucha por la igualdad de derechos de mujeres y disidencias han construido en nuestro territorio, partiendo del derecho a la igualdad ante la ley y el principio de no discriminación previstos en la Constitución Nacional (artículos 16, 37 y 75 incisos 2, 19, 22 y 23) y en segundo lugar, en materia de violencia por razones de género la Ley N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, la Ley N° 26.485 sobre protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales;

Que posteriormente se han dictado una gran cantidad de normas que modificaron y ampliaron a las citadas: la adhesión provincial Ley N° 13.348, la Ley N° 26.791, la Ley N° 27.039, la Ley N° 27.234, la Ley N° 27.410, la Ley N° 27.363, la Ley N° 27.452, la Ley N° 27.499 de Capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres (conocida como Ley Micaela) con su adhesión provincial Ley N° 13.891;

Que en cuanto a el acceso a derechos en materia de diversidad sexual se contempla la Ley Nacional N° 26.618 “Matrimonio Civil” y la Ley N° 26.743 de Identidad de Género, como así también la Ley N° 27.636 de Promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero, “Diana Sacayán - Lohana Berkins”, sancionándose en la provincia la Ley N° 13.902;

Que en materia de paridad en la representación política nuestra legislación cuenta con la Ley N° 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política donde en consonancia, la Provincia de Santa Fe sanciona en el año 2020, la Ley N° 14.002 de “Paridad de género”;

Que por otra parte, en materia de derechos sexuales y reproductivos se consideran la Ley N° 25.673 de salud sexual y procreación responsable, la Ley N° 25.929 de Parto Humanizado, la Ley N° 26.862 de “Acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida”, la Ley N° 26.873 de Promoción y Concientización Pública de la Lactancia Materna, teniendo en la provincia de Santa Fe la Ley N° 11.888 que promueve la “Creación del Programa provincial de salud reproductiva y procreación responsable” y la Ley N° 13.357 en adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.862 de “Reproducción Médicamente Asistida”;

Que finalmente, considerando el marco normativo en materia de género e igualdad y en virtud de la salud sexual y reproductiva se contemplan leyes nacionales N° 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo como la N° 26.150 “Programa Nacional de Educación Sexual Integral”;

Que resulta importante considerar que a nivel nacional, el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación ha elaborado el Plan Nacional de Igualdad en la Diversidad del país 2021-2023, que pretende esbozar los objetivos principales de la gestión de la política pública, como así también establecer mecanismos de seguimiento y monitoreo de las mismas;

Que debe considerarse que el PEPI se ha formulado tomando las condiciones de vida sociales y económicas estructurales históricas de mujeres y disidencias, las cuales se han profundizado a raíz del impacto de la pandemia en el total de la sociedad visibilizando las brechas de ingresos, de acceso al mundo laboral, como así también la importancia de los cuidados y de cuidar a quienes cuidan para el sostenimiento y reproducción de la vida;

Que desde el Ministerio de...

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