Decreto Nº 2.843

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2008

DECRETO Nº 2.843

Mendoza, 16 de octubre de 2008

Visto el expediente N° 6763-D-07-30091, en el cual la Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte eleva para su aprobación la documentación técnica legal correspondiente a la obra: "Centro de Congresos, Exposiciones y Predio Ferial de San Rafael -II Etapa- Departamento San Rafael, Mendoza", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Obras Públicas manifiesta en su dictamen de fojas 485/486 de la citada pieza administrativa que resulta procedente aprobar la documentación y presupuesto elevados y tramitar el pertinente llamado a licitación pública.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo previsto por el Artículo 128, Inciso 1) de la Constitución Provincial, el despacho producido por el Consejo de Obras Públicas, dado que existen fondos para la atención del gasto, en virtud de lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte y lo previsto por el Decreto-Ley N° 4416/80 (de Obras Públicas) y el Artículo 19° del Decreto Nº 1497/02 ampliatorio,

EL GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA EN ACUERDO

DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese la documentación técnica legal confeccionada por la Dirección de Administración de Contratos Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, Vivienda Transporte correspondiente a la obra: "Centro de Congresos, Exposiciones y Predio Ferial de San Rafael -II Etapa- Departamento San Rafael, Mendoza", cuyo Presupuesto Total asciende a la suma de veintitrés millones ciento noventa y nueve mil ciento cincuenta y un pesos con cincuenta y un centavos 23.199.151,50), el que se ajusta al siguiente detalle:

• Presupuesto

Oficial de Obra

18.339.481,50

• Previsión para

Variaciones de

Precios

4.584.870,00

• Otros Costos

de Obra

18.000,00

• Honorarios Pro-

fesionales

(Gastos de

Inspección)

228.800,00

• Gastos Genera-

les de Obra

28.000,00

Total General

Artículo 2°

Facúltese a la Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, para que mediante Licitación Pública proceda a la contratación de las obras cuya documentación se aprueba en el artículo anterior, quedando facultado el referido organismo para efectuar las publicaciones necesarias.

  1. Con cargo al Presupuesto de

    Erogaciones vigente, Ejercicio

    2008: Unidad de Gestión de

    Crédito...

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