Decreto n° 2.842

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición 8 de Enero de 0007

DECRETO Nº 2.842

Mendoza, 20 de diciembre de 2006

Visto el expediente Nº 6843-M-2006-30091 en el cual se eleva para su ratificación las Actas Complementarias de las Cartas de Entendimiento suscriptas con las concesionarias del Servicio Público de Distribución de Electricidad: Cooperativa de Electricidad, Edificación y Servicios Públicos Santa Rosa Limitada; Cooperativa de Electrificación Rural Sud Río Tunuyán Rivadavia Limitada; Cooperativa Eléctrica Monte Comán Limitada; Cooperativa Eléctrica y de Servicios Públicos Medrano Limitada; Cooperativa de Electricidad, Consumo, Comercialización, Vivienda y Servicios Asistenciales General Alvear Limitada; Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Asistenciales y Consumo de Bowen Limitada; Cooperativa Eléctrica y Anexos Popular Rivadavia Limitada, y

CONSIDERANDO:

Que dado el proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos según lo normado por Ley Nacional 25.561 y sus complementarias, a la que esta Provincia adhirió a través de Leyes 6976 y 7187 y sus modificatorias, se arribó a un proceso de renegociación integral de los contratos de servicios, lo que se tramitó con la asistencia del Comité Técnico Asesor (Artículo 8º Decreto 487/02; Artículo 1º del Decreto 1116/04), el que realizó un análisis físico, económico y jurídico que permitió encausar en forma integral y definitiva el servicio eléctrico. Los acuerdos arribados con las Distribuidoras Eléctricas quedaron ratificados por Decreto 3050/05.

Que es compromiso primordial de este Poder Ejecutivo en su carácter de Poder Concedente suscribir, los contratos de concesión renegociados con el sector cooperativo, como medida necesaria para poner en vigencia con todos los distribuidores de la provincia, los principios y acuerdos contenidos en las leyes que han sido aprobadas por la Honorable Legislatura. Ello a efectos de que se permitan generar las condiciones para la imprescindible expansión del servicio a través de un proceso de inversión transparente que posibilite el crecimiento del modelo de economía productiva, reflejado hoy en el incremento de la demanda eléctrica que debe necesariamente ser abastecida.

Que conforme lo expuesto, en adecuación a la normativa vigente (Artículo 5º y ccdtes. de la Ley 7187 y modificatorias) y teniendo presente que ya han sido aprobadas las Cartas de Entendimiento con las Cooperativas, corresponde en esta instancia remitir para su aprobación...

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