Decreto n° 2.801

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición30 de Enero de 0008

DECRETO N° 2.801

Mendoza, 17 de octubre de 2007

Visto el expediente 39-A-07-04858, en el cual se solicita se apruebe el Contrato de Comodato celebrado entre el Sr. Ministro de Salud de la Provincia de Mendoza, Dr. Armando Antonio Calletti y la Unión Vecinal El Espino, representada por el Sr. Oscar Alberto Badatto, ubicada en el Departamento San Martín.

Por ello, en razón de lo dictaminado por Asesoría Letrada, lo aconsejado por la Dirección de Asistencia Sanitaria y por la Subsecretaría de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud y la conformidad del Registro Unico de Propiedades Inmuebles,

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Contrato de Comodato celebrado entre el Sr. Ministro de Salud de la Provincia de Mendoza, Dr. Armando Antonio Calletti y la Unión Vecinal El Espino, representada por el Sr. Oscar Alberto Badatto, ubicada en el Departamento San Martin, el que en fotocopia autenticada de su original, como Anexo, forma parte del presente Decreto.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JUAN CARLOS JALIFF

Armando Antonio Calletti

Anexo

Area Departamental San Martín

Ministerio de Salud

Contrato de Comodato

Entre el Sr. Ministro de Salud, Provincia de Mendoza, representando en este acto por el Dr. Armando Calletti, con domicilio legal en el 5° piso, Cuerpo Central de Casa de Gobierno Provincia de Mendoza, por una parte, en adelante llamado Comodatario y por la otra por el Sr. Oscar Alberto Badatto L.E. 6.889.284, con domicilio en Carril Chivilcoy s/n, El Espino, San Martín, en representación de Unión Vecinal El Espino Personería Jurídica 108, en adelante llamado comodante, han convenido en celebrar el Presente Contrato de Comodato, ad referéndum del Poder Ejecutivo, a título gratuito, el cual se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones.

Primera: Objeto: El comodante da en comodato al comodatario y éste acepta de plena conformidad, en calidad de préstamo de uso precario y gratuito conforme a las disposiciones contenidas en el Art. 2.255 y siguientes y concordantes del Código Civil, parte de un inmueble ubicado en Carril Chivilcoy s/n del distrito El Espino del Departamento de San Martín, Mendoza para el funcionamiento de una Posta Sanitaria, el referido inmueble consta de un salón de 7 mts. x 5 mts., encontrándose en el mismo salón baños, todo en buen estado de conservación e higiene, el comodatario...

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