Decreto n° 2.799

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición26 de Enero de 0005

DECRETO Nº 2.799

Mendoza, 30 de diciembre de 2004.

Visto el expediente Nº 78.071-M-02-00240, en el cual la señora Blanca Noemí Medina solicita el beneficio de Pensión para sí e hijos menores por su esposo fallecido, Don Angel Roberto Tagua, y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 23 de diciembre de 2002, según fotocopia del acta de defunción agregada a fs. 5, acreditando más de 10 años de servicios policiales según informe de fs. 22, quedando de baja por fallecimiento en el cargo de Clase 003 - Cabo - Cuerpo Comando de las Policías de Mendoza, según Resolución Nº 730-JyS-03 del Ministerio de Justicia y Seguridad obrante a fs. 43, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales;

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con la fotocopia del certificado de matrimonio obrante a fs. 9, y el de los menores con las fotocopias de las partidas de nacimiento insertas a fs. 15, 17 y 19;

Que a fs. 21 vta. obra la constancia de la publicación de los edictos citatorios de ley;

Que según lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Justicia y Seguridad y Fiscalía de Estado a fs. 24 y 26, respectivamente, es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Blanca Noemí Medina, en concurrencia con sus hijos menores Florencia Rocío Tagua, Verónica Soledad Tagua y Gustavo Roberto Tagua, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18º del Decreto-Ley Nº 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 24º de la Ley Nº 3794 y modificaciones;

Que conforme lo establece la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 56 consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), y a fs. 57 obra la intervención de la Unidad de Trámite Previsional (U.T.P.) del Personal Policial y Penitenciario proponiendo acordar el beneficio solicitado;

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial Nº 109/96 y modificatoria Ley Nº 6554 y Decreto Nacional Nº 362/96,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Otórguese a la señora Blanca Noemí Medina, D.N.I. Nº 11.902.038, clase 1955, en Concurrencia con sus hijos...

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