Decreto n° 2.708

EmisorMinisterio de Economia
Fecha de la disposición18 de Enero de 0005

DECRETO Nº 2.708

Mendoza, 20 de diciembre de 2004

Visto el expediente Nº 00058-D-04-01439; y los antecedentes relacionados con el Decreto Nacional Nº 1218/04, que dispone la realización en todo el país de un Censo Nacional Económico en el año 2004, declarándolo de interés nacional, en concordancia con las disposiciones de la Ley Nacional Nº 17622 y su modificatoria Ley Nacional Nº 21779 y su Decreto Reglamentario Nº 3110/70, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 14º del Decreto Nacional Nº 1218/04, a través del Ministerio del Interior se invita a los Gobiernos Provinciales a constituir Comités Censales en sus respectivas jurisdicciones a efectos de realizar el Censo Nacional Económico 2004 en el ámbito provincial;

Que la Provincia comparte plenamente los objetivos y manifestaciones acerca de la importancia y utilidad de un emprendimiento como el previsto, expresados en los considerandos del Decreto Nacional Nº 1218/04;

Que la experiencia acumulada en la realización de censos anteriores impone la adopción de los recaudos necesarios para que un operativo de tal magnitud cumpla cabalmente sus objetivos en plazos que posibiliten una buena utilización de los resultados;

Que a los fines de una correcta realización de las tareas, resulta indispensable dotar a la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas de una estructura transitoria con facultades suficientes, contar con la completa y eficaz cooperación de los organismos públicos nacionales, provinciales y municipales y la adhesión de la población en general, debiendo arbitrarse las medidas que posibiliten tal fin;

Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Economía a fojas 45 del expediente Nº 00058-D-04-01439,

EL GOBERNADOR DE LA

PROVINCIA EN ACUERDO

DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1º

Declárese de interés provincial y adhiérase a la realización del Censo Nacional Económico del año 2004 dispuesto por el Decreto Nacional Nº 1218/04.

El Gobierno de la Provincia a través de sus organismos, prestará la más amplia y decidida colaboración para la realización de las tareas pre-censales, censales y post-censales del citado operativo.

Artículo 2º

Las actividades correspondientes al Censo Nacional Económico en el ámbito de la Provincia estarán a cargo de la Dirección de Estadísticas e Investigaciones Económicas dependiente de la Subsecretaría de Programación Económica del Ministerio de Economía, y comprenderán el conjunto de tareas pre-censales y censales a realizar durante el año 2004 y además las post-censales a realizar en años subsiguientes.

Artículo 3º

Créese el Comité Censal Provincial del Censo Nacional Económico del año 2004, el que será presidido por la señora Ministra de Economía, y estará integrado por el Subsecretario de Programación Económica y por el Subsecretario de Promoción e Inversiones y en el cual actuará como Secretaria Ejecutiva la señora Directora de Estadísticas e Investigaciones Económicas de la Provincia.

El Comité Censal Provincial podrá, además, invitar a participar como miembros del mismo a representantes de otros Organismos Nacionales y/o Provinciales, cuya participación se estime conveniente para el mejor cumplimiento de los objetivos censales.

Artículo 4º

Son funciones del Comité Censal Provincial las siguientes:

  1. Adoptar todas las medidas resolutivas y reglamentarias conducentes al logro del objetivo propuesto.

  2. Entender, apoyar y asesorar en toda cuestión referida al Censo que le sea planteada por la Secretaria...

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