Decreto N° 2.283

EmisorMrio. de Produccion
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2009

DECRETO N° 2.283

Mendoza, 21 de setiembre de 2009

Visto el expediente N° 846-M-09-01283 (37 Cuerpos), en el cual obran antecedentes sobre la licitación pública nacional con motivo de la construcción de la obra “Red Tendido Monofilar 1ª Etapa”; y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada licitación pública nacional se efectuó en el marco del Proyecto de Electrificación Rural de la Provincia de Mendoza, dentro del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP), con financiamiento externo;

Que por Ley N° 6455 y modificatoria se autorizó al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.), para ser destinado al desarrollo del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales (PROSAP).

Que el Artículo 6º de dicha norma establece que los organismos y entidades centralizadas y desconcentradas dependientes del Poder Ejecutivo o descentralizadas que tengan a su cargo la ejecución de los programas objeto del financiamiento se regirán por las normas, reglas, instructivos y procedimientos establecidos por las entidades financieras acreedoras y en consecuencia quedan exceptuadas de la aplicación de las normas de derecho público que pudieran corresponder, en todas aquellas operaciones que involucren disposición de fondos provenientes del préstamo o de fondos propios correspondientes a las contraprestaciones exigibles;

Que por Resolución N° 45-SPAyGC-09 se designaron los miembros para integrar la Comisión Evaluadora de las Ofertas correspondientes a la obra de referencia;

Que el acto de apertura de ofertas se realizó el día 26 de mayo de 2009, recibiéndose ocho (8) ofertas, según consta en el Acta correspondiente obrante en el expediente 846-M-09-01283 (37 Cuerpos).

Que además, se ha efectuado el análisis de los requisitos y presupuestos presentados por los oferentes, cuyo informe de preadjudicación de la Comisión Evaluadora obra a fojas 110/171 (1er. Cuerpo) del expediente N° 846-M-09-01283;

Que el informe de la Comisión mencionada precedentemente concluye que la mejor oferta tanto para la Zona Norte como para la Zona Sur, para las Zonas en forma independiente como en conjunto, es la correspondiente a la Empresa Construcciones Electromecánicas del Oeste S.A. (C.E.O.S.A.), por cumplir con lo exigido en el pliego y ser la oferta básica de menor precio;

Que a fojas 2 de las citadas...

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