Decreto N° 2.557

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2015

DECRETO N° 2.557

Mendoza, 4 de diciembre de 2015

Visto el Expediente N° 172 - Letra D - Año 2015 - Código 01031 donde se tramita la distribución a favor de las Municipalidades de la Provincia de los fondos correspondientes al Canon Extraordinario de Producción establecido en el inciso 2° del artículo 13° Anexo I del Decreto N° 1547/10 y en el artículo 3° del Decreto N° 3089/10; y

CONSIDERANDO:

Que la citada normativa dispone que dicho concepto será distribuido entre las Municipalidades de la Provincia en un doce por ciento (12%) de lo efectivamente percibido, aplicando el índice dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 6396 y sus modificatorias;

Que el artículo 1° del Decreto N° 2054/11 establece que dicha distribución se realice en carácter de aporte no reintegrable mediante decreto del Poder Ejecutivo;

Que el Decreto N° 2054/11 ha sido ratificado por la Ley N° 8393, publicada en el Boletín Oficial con fecha 4 de enero de 2012;

Que el índice aplicado a los efectos de la distribución del concepto indicado, es el correspondiente al ejercicio 2015, fijado mediante la Resolución N° 208-HyF-15.

Por ello,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

El importe previsto en el artículo anterior se liquidará con cargo a la partida: H-20010-431-17-000 "Otros Aportes a Municipios" y unidades de gestión de gasto respectivas del Presupuesto de Erogaciones vigente, detalladas en la Planilla Anexa, que forma parte del presente decreto.

Artículo 3°

Las Municipalidades indicadas en la Planilla Anexa del presente decreto deberán rendir cuenta documentada de los fondos recibidos ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, de acuerdo a la normativa vigente.

Artículo 4°

El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo, Justicia y Gobierno.

Artículo 5°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Francisco Ernesto García Ibáñez

Mtro. Secretario General Legal y Técnico de la Gobernación

a/c. Mrio. de Hacienda y Finanzas

Marcelo Fabián Costa

Mtro. de Agroindustria y Tecnología

a/c. Mrio. de Trabajo, Justicia y Gobierno

Planilla Anexa

Canon Extraordinario

de Producción

Municipalidades

Dto. 3089/10 Art. 3°

Distribución por Municipio

Agosto de 2015

H-31020 Capital

229.129,45

H-31021 G. Alvear

138.257,09

H-31022 Godoy Cruz

390.514,38

H-31023 Guaymallén

465.688,95

H-31024 Junín

108.646,19

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR