Decreto n° 2.475
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 5 de Diciembre de 0005 |
DECRETO Nº 2.475
Mendoza, 9 de noviembre de 2005.
Visto el expediente 2137-S-05-77791, en el cual se solicita la aprobación de la Adenda Complementaria al Convenio celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación (actual Ministerio de Salud y Ambiente), representado por el Sr. Ministro Dr. Ginés González García y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por la Sra. ex Ministra de Desarrollo Social y Salud, Lic. Ana María Fátima Gotusso, aprobado oportunamente mediante Decreto Nº 2230/04.
Por ello, en razón del pedido formulado y lo dictaminado por Asesoría Legal del Ministerio de Salud,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese la Adenda Complementaria al Convenio celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación (actual Ministerio de Salud y Ambiente), representado por el Sr. Ministro Dr. Ginés González García y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por la Sra. ex Ministra de Desarrollo Social y Salud, Lic. Ana María Fátima Gotusso, aprobado oportunamente mediante Decreto Nº 2230/04, la que en fotocopia, como Anexo, forma parte del presente Decreto.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Armando A. Calletti
_______
ANEXO
Adenda Complementaria al Convenio entre el Ministerio de Salud y Ambiente y el Ministerio de Desarrollo Social y Salud de la Provincia de Mendoza
Entre el Ministerio de Salud y Ambiente, representado en este acto por el señor Ministro de Salud y Ambiente, Dr. Ginés González García, con domicilio en la Avda. 9 de Julio Nº 1925 de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante denominado "El Ministerio", por una parte y por la otra el Gobierno de la Prrovincia de Mendoza, representado en este acto por el Señor Ministro de Desarrollo social y Salud Lic. Ana María Gotusso, con domicilio en Casa de Gobierno 5º Piso, cuerpo central, (5500) de la Provincia de Mendoza, en adelante denominada "La Provincia", convienen en suscribir la presente Adenda complementaria al convenio celebrado con fecha 31 de Marzo del año 2004, aprobado por nesolución Nº 478/04 MS, que se regirá por las siguientes cláusulas:
Primera: "La Provincia", a través de su Unidad de Gestión Provincial (UGP), manifiesta expresamente la necesidad de incrementar el valor previsto en la cápita integral, en virtud del insuficiente porcentual que de la misma fuera asignado a la atención odontológica, así corno los mayores costos que...
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