Decreto n° 2.019
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 6 de Octubre de 0006 |
DECRETO Nº 2.019
Mendoza, 19 de setiembre de 2006.
Visto el expediente Nº 00586-P-06-91304 (constante de 10 cuerpos) en el cual la Unidad de Financiamiento Internacional (U.F.I.) eleva las actuaciones relacionadas con la Licitación Pública Nacional Nº 04/06, autorizada por Decreto Nº 1296/06 y cuya apertura se realizó el día 4 de agosto de 2006, con motivo de la Construcción del Acceso y Unidad de Servicios en el Parque Provincial Aconcagua, Tramo Ruta Nacional Nº 7 - Refugio de H9rcones (DRNR), dentro del Subprograma de Desarrollo de la Infraestructura Pública de Apoyo a la Actividad Productiva (Código del Plan de Adquisiciones 2.1.1.1.3), en el marco del Programa de Desarrollo Productivo y Competitividad de la Provincia de Mendoza, préstamo B.I.D. 1640/OC-AR, y
CONSIDERANDO:
Que el acto de referencia, realizado en función de la autorización conferida mediante Decreto Nº 1296/06, cuya copia obra a fs. 517/518 del expediente de referencia, arrojó el resultado que da cuenta el Acta de Apertura de Ofertas, corriente a fs. 3524 del expediente Nº 00586-P-06-91304.
Que la Comisión Evaluadora de Propuestas designada mediante Resolución Nº 12-UFI-06, obrante a fs. 3624/3626, evaluó las propuestas de las tres (3) empresas que presentaron ofertas, conforme al Capítulo IV: Ejecución del Programa, Cláusula 4.01: Adquisición de Obras y Bienes, (b) (ii) (F) del Contrato de Préstamo Nº 1640/OC - AR.
Que dicha Comisión, en una primera etapa, procedió a verificar que las empresas cumpliesen con los requisitos de nacionalidad del Banco, que sus ofertas estuvieran debidamente firmadas y a determinar si cumplían con los requisitos especificados en la Sección I, Cláusula 27 de los Documentos de Licitación; surgiendo como conclusión que las tres (3) empresas oferentes han cumplido sustancialmente con los requisitos especificados en los mismos, por lo cual sus propuestas pueden ser aceptadas para pasar a la segunda etapa de análisis.
Que en la Segunda etapa se procedió a comparar las ofertas entre sí para determinar cual de ellas es la evaluada como la más baja y de conformidad con lo establecido en la Sección I, Cláusula 28 de los Documentos de Licitación, se procedió a la revisión de las mismas para detectar posibles errores aritméticos, surgiendo de la planilla obrante a fs. 3526 del expediente de referencia, el siguiente orden de oferentes:
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-Hormimac S.A., 2º- Construcciones Danilo De Pellegrin S.A. y 3º - Genco...
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