Decreto N° 2.878

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2011

DECRETO N° 2.878

Mendoza, 7 de noviembre de 2011

Vistos el expediente N° 10609-T-11-00020 y sus acumulados N° 832-T-11-30093, 9076-T-08-10036 y 9467-D-07-10036, en el primero de los cuales el Doctor Alberto M. Lascano por "Transporte de Pasajeros General Roca S.R.L." interpone Recurso de Apelación contra la Resolución N° 854 emitida por el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte de fecha 15 de agosto de 2011; y

CONSIDERANDO:

Que al ingresar en la consideración de los aspectos formales del recurso jerárquico intentado, de las constancias de autos, surge que debe tenerse al mismo por interpuesto en tiempo y forma y en consecuencia corresponde admitirlo desde ese punto de vista (Artículos 179, 180, 181 y concordantes de la Ley N° 3909 de Procedimiento Administrativo).

Que del análisis de los aspectos sustanciales del recurso planteado no se advierte ningún aspecto novedoso en el planteo efectuado por la recurrente, quien solamente se limita a reproducir lo que ya dijera en ocasión de los recursos planteados con anterioridad. En ningún momento se hace una crítica fundada de las razones por las cuales se rechaza la pretensión contenida en el recurso intentado y que fundamentan la resolución recurrida.

Que los argumentos empleados en esta ocasión por la recurrente ya han sido suficientemente analizados, debatidos y rechazados en los dictámenes emitidos en las instancias anteriores, lo que es compartido por Asesoría de Gobierno mediante su dictamen de fojas 20/21 del expediente N° 10609-T-11-00020, en el que recomienda la admisión formal y el rechazo sustancial del recurso.

Por lo expuesto y teniendo en cuenta los dictámenes emitidos por Asesoría Legal del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte y por Asesoría de Gobierno,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

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