Decreto N° 2.305

EmisorMinisterio de Transporte
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2015

DECRETO N° 2.305

Mendoza, 1 de diciembre de 2015

Visto el expediente N° 8552-D-2015-18006, en el cual los concesionarios de los distintos grupos de recorridos que cubren el servicio público de transporte urbano de pasajeros solicitan la adecuación de la tarifa que perciben por el kilómetro recorrido, en función de las modificaciones que denuncian sobre sus costos operativos, y

CONSIDERANDO:

Que ante la identidad de pretensiones, las presentaciones se han acumulado para su tratamiento bajo el Expediente de referencia.

Que obra la presentación de la empresa Autotransportes El Trapiche S.R.L., Grupo 1; de la empresa Autotransportes Presidente Alvear S.A. y otras - U.T.E, Grupo 3; de la empresa Autotransportes Los Andes S.A. Aut. El Trapiche S.R.L.- U.T.E., Grupo 4; de la empresa Transporte de Pasajeros General Roca S.R.L., Grupo 5; de la empresa Transportes El Plumerillo S.A., Grupo 6; de la empresa El Cacique S.A., Grupo 7; de la empresa El Cacique S.A., Grupo 8; de la empresa El Cacique S.A., Grupo 9; de la empresa Maipú S.R.L., Grupo 10 y de la empresa Maipú S.R.L., Grupo 2.

Que en virtud de la naturaleza de lo solicitado, su vinculación sobre el sistema de transporte y lo dispuesto por el Artículo 30 inciso n) de la Ley N° 8637 (Ley Orgánica Ministerial), a fs. 183/184 obra dictamen jurídico en el que se aconseja someter el pedido al Régimen de Audiencia Pública normado por Resolución N° 2874/13 del Registro de la Secretaría de Transporte (hoy Ministerio), la que se convoca mediante Resolución N° 2116/15 del registro de este Ministerio, fechada 23/09/2015, para el día 09/11/2015 a las 12:00 horas.

Que conforme consta a fs. 191/193 y 201 se han agregado constancias de las publicaciones ordenadas en el Boletín Oficial y a fs. 195 y 196 se incorporan las correspondientes a los diarios de mayor circulación de la provincia de Mendoza.

Que a fs. 197/199 se agrega información técnica estadística del sistema de transporte por parte del área de Control Económico Financiero de este Ministerio.

Que a fs. 202/203 se agrega el orden del día de la Audiencia Pública.

Que a fs. 204/217 rola la transcripción literal del Acta de dicha Audiencia y a fs. 218/219 vta. obra nota presentada y leída por un dirigente vecinal en dicha audiencia pública, nota que integra dicha acta por haber sido leída en forma textual.

Que también debe considerarse el acuerdo alcanzado por el Sindicato del Personal de Micros y Omnibus de Mendoza (SIPEMOM) y la Asociación Unida de Transporte Automotor Mendoza (AUTAM) que han suscripto un Acta Salarial en el mes de junio de 2015 en la cual se incorporan aumentos en la remuneración de los empleados del sector que deben ser considerados en la estructura de costos. Si bien el Estado no es parte de las negociaciones salariales entre los sectores firmantes del acta, la parte empresarial (AUTAM) ha adoptado la posición de acordar los aumentos salariales y sujetarlos a la intervención del Estado y al reconocimiento de un mayor precio en el kilómetro recorrido. Sobre este...

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