Decreto N° 2.921

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2010

DECRETO N° 2.921

Mendoza, 30 de noviembre de 2010

Visto el expediente N° 04819-S-10-00020 y sus acumulados Nros. 04004-U-09-02690 y 06836-S-08-02690, en el primero de los cuales el agente Alberto Luis Sarmiento interpone Recurso de Alzada contra la Resolución N° 167/10, emitida por el Directorio del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, y

CONSIDERANDO:

Que el agente Sarmiento a fs. 1/12 del expediente N° 04819-S-10-00020, presenta Recurso de Alzada contra la Resolución N° 167, de fecha 4 de mayo de 2010, emitida por el Directorio del Instituto Provincial de Juegos

y Casinos, obrante a fs. 56/59 del expediente N° 04004-U-09-02690 mediante la cual se dispuso admitir formalmente y rechazar sustancialmente el Recurso de Revocatoria interpuesto por el mismo en contra de la Resolución de Presidencia del referido Instituto N° 471, de fecha 25 de agosto de 2009, obrante a fs. 15/17 del último expediente indicado.

Que desde el punto de vista formal la actual presentación debe admitirse por haber sido interpuesta en legal tiempo y forma, de acuerdo con las prescripciones establecidas en los Artículos 175, 183 ss. y cc. de la Ley N° 3909.

Que por disposición legal en esta instancia recursiva se está limitado al control de legitimidad, según lo dispuesto por el Artículo 185 de la Ley N° 3909.

Que conforme surge de las constancias de la documentación presentada, mediante la Resolución de intervención N° 13, de fecha 23 de setiembre de 2001, emanada del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, se adscribió al reclamante a la Subsecretaría de Turismo hasta la baja, producida a partir de 2 enero de 2008, según Resolución N° 028 de fecha 11 de enero de 2008, emitida por el Directorio del Instituto indicado, fotocopia obrante a fs. 47/48 del expediente N° 04819-S-10-00020, ambas situaciones a su pedido.

Que al no haber podido tomar las licencias anuales correspondientes a los años 2004, 2005, 2006 y 2007, denegadas por razones de servicio, se dispuso su goce y el pago de sueldos y adicionales correspondientes a los agentes que presten servicios en el sector Juegos del Instituto Provincial de Juegos y Casinos.

Que en enero de 2008 el agente Sarmiento había vuelto a prestar servicios en el Instituto de referencia, según información de fs. 5 del expediente N° 04004-U-09-02690.

Que las normativas que se le aplican a la situación planteada por el reclamante son resoluciones, decretos y finalmente algunas...

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