Decreto N° 2.696

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2010

DECRETO N° 2.696

Mendoza, 1 de noviembre de 2010

Visto el expediente N° 00002-M-09-01029, en el cual la señora Laura Elizabeth Antonia Molina solicita el beneficio de Pensión para sí e hijos menores por el fallecimiento del señor Juan Carlos Fabri; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 08 de diciembre de 2008, según copia del Acta de Defunción agregada a fs. 33 y vta. del expediente de referencia, acreditando una prestación de 04 años, 04 meses y 08 días de servicios penitenciarios, razón por la cual no ha transmitido derecho pensionario a sus herederos legales.

Que según dictámenes de fs. 36 y 105, del Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional e informe de Gestión Administrativa de dicha Oficina de fs. 107, todas del expediente N° 00002-M-09-01029, no es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario solicitado por la señora Laura Elizabeth Antonia Molina, toda vez que el fallecido no detentaba la condición de retirado o con derecho a percibir Retiro Voluntario u Obligatorio en los términos de los Artículos 4°, 5°, 7° y 10 de la Ley Nacional N° 13.018, conforme la adecuación al Régimen de Retiros de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal acordada por Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, ratificada por Decreto Nacional N° 1627/07 y Decreto Provincial N° 779/07.

Que a fs. 38/39 y 106 del referido expediente de referencia, se expide Fiscalía de Estado.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 112 del expediente N° 00002-M-09-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 114 del citado expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo denegar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR