Decreto n° 2.144

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición15 de Junio de 0007

DECRETO Nº 2.144

Mendoza, 2 de octubre de 2006

Visto el Expediente Nº 2619-U-06-00106, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Pasantía Educativa suscripto entre el Ministerio de Seguridad y la Universidad Nacional de Cuyo, en fecha 3 de marzo de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado convenio las partes acuerdan implementar en los términos establecidos por la Ley Nº 25.165 y sus decretos reglamentarios, un sistema de pasantías en el ámbito de El Ministerio, cuya actividad tendrá por objeto complementar la especialidad teórica con la práctica.

Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad a fs. 07 del expediente de referencia,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio de Pasantía Educativa suscripto en fecha 3 de marzo de 2006 entre el ¬ìMinisterio de Seguridad¬î, representado por su titular, Doctor Miguel Angel Bondino y la ¬ìUniversidad Nacional de Cuyo¬î, representada por su Rectora, Doctora María Victoria Gómez de Erice, por los motivos expuestos en el primer considerando de este decreto, y que en fotocopia certificada como Anexo forma parte del mismo.

Artículo 2º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Miguel Angel Bondino

________

CONVENIO DE PASANTÍA EDUCATIVA ENTRE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE CUYO Y El MINISTERIO

DE SEGURIDAD DEL GOBIERNO

DE MENDOZA

Entre la Universidad Nacional dc Cuyo, con domicilio en Centro Universitario, Sede Rectorado, Ciudad, Mendoza, en adelante La Universidad, por una parte, representada por su señora Rectora, Dra. María Victoria Gómez de Erice, y el Ministerio de Seguridad del Gobierno de Mendoza, con domicilio en calle Salta 672, de Godoy Cruz, Mendoza, en adelante El Ministerio, por la otra, representada por su Ministro, Dr. Miguel Ángel Bondino, acuerdan en suscribir el presente convenio de pasantías, sujeto a los siguientes artículos:

Primero: El presente convenio de pasantías tiene por objeto implementar dentro de los términos establecidos por la Ley Nº 25.165 y sus decretos reglamentarios, un sistema de pasantías en el ámbito de El Ministerio, cuya actividad tendrá por objeto complementar la especialidad teórica con la práctica. A los fines del presente acuerdo se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo a instituciones de carácter público o privado para la realización por parte de los alumnos, de prácticas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR