Decreto n° 2.011
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 4 de Enero de 0006 |
DECRETO Nº 2.011
Mendoza, 26 de setiembre de 2005.
Visto el expediente 0002382-D-02-02369, en el cual se solicita se apruebe el Contrato de Comodato celebrado entre la Sra. Directora de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, representada por su titular, Lic. Ema Magdalena Cunietti y la ex Ministra de Desarrollo Social y Salud, Lic. Ana María Fátima Gotusso,
Por ello, en razón de lo dictaminado por Asesoría Letrada, lo aconsejado por la Subsecretaría de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Contrato de Comodato celebrado entre la Sra. Directora de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, representada por su titular, Lic. Ema Magdalena Cunietti y la ex Ministra de Desarrollo Social y Salud, Lic. Ana María Fátima Gotusso, el que en fotocopia de su original y autenticada como Anexo, forma parte del presente Decreto.
El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud, de Gobierno y de Ambiente y Obras Públicas.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Armando A. Calletti
Gabriel Fidel
Francisco Morandini
__________
ANEXO
Expte. 0002382-D-02-02369
Decreto nº 2011
CONTRATO DE COMODATO
Entre la Señora Directora de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, representada en este acto por su titular, licenciada Ema Magdalena Cunietti, con domicilio legal en el 1º Piso, Cuerpo Central de la Casa de Gobierno, por una parte, en adelante llamado Comodante y por la otra la Señora Ministra de Desarrollo Social y Salud, Licenciada Ana María Fátima Gotusso, con domicilio legal en el 5º piso Cuerpo Central, Casa de Gobierno, Provincia de Mendoza, en adelante llamado Comodatario, han convenido en celebrar el presente Contrato de Comodato ad referendum del Poder Ejecutivo, a título gratuito, el cuál se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones:
Primera - Objeto: El Comodante da en comodato al comodatario y éste así lo acepta de plena conformidad, en calidad de préstamo de uso precario y gratuito conforme a las disposiciones contenidas en el Art. 2.255 y siguientes y concordantes del Código Civil, la fracción de terreno correspondiente al inmueble de la escuela Nº 1-386, "Jerónimo F. Rezzoagli" de Los Otoyanes, Phillips, Junín, cuyos planos y croquis incorporados a este expediente...
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