Decreto N° 1940 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Febrero de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 31
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 15 DE FEBRERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
de la Secretaria de Ingresos Públicos en el ámbito de la citada Jurisdicción.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N°
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, quien
fue la encargada de determinar el Cronograma del proceso concursal, el
que fue publicitado y publicado en la Página WEB Ocial del Gobierno
Provincial.
Qué asimismo, mediante Acta N° 1/2015 de la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción, fueron designados los integrantes de los Tribuna-
les de Concurso de los cargos concursables y se aprobaron los temarios
generales y especícos correspondientes a cada uno de los cargos en
cuestión, consignándose las fuentes sugeridas por su estudio, todo lo cual
fue publicado en la citada página WEB.
Que, en virtud del cronograma establecido, se recepcionaron las ins-
cripciones de los postulantes desde el día 27 de julio hasta el día 2 de
agosto de 2015
Que los días 4 al 6 de agosto de 2015 se jó el plazo para las excusa-
ciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos, las
que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comisión
Laboral de Concurso y Promoción correspondiente, procediéndose a la
conformación denitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución N°
1/2015.
Que se publicó en la página web ocial la conformación denitiva de
los Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, la que
fuera prevista para el día 22 de agosto de 2015.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del entonces
Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en todas
las jurisdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y custodia
de los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron, y estuvie-
ron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las Pruebas de
Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el
proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de
dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes
inscriptos y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección
del Orden de Mérito Provisorio, que fue publicado en el Portal WEB del
Gobierno Provincial.
Que durante los días 25 al 29 de setiembre de 2015 transcurrió el pe-
riodo para la vista de antecedentes y presentación de observaciones, así
como las renuncias al citado orden de mérito.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso la Comisión Laboral de
Concurso y Promoción receptaron, consideraron y respondieron, cuando
las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos
efectuados por los concursantes, en los términos establecidos por las ba-
ses y condiciones del Concurso, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito
Denitivo, que fue publicado en la Página Web Ocial.
Que en dicho Orden de Mérito se nominan a las personas que han
superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder a los
dos (2) cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo en la Secretaria
Privada de la Secretaria de Ingresos Públicos, dependiente del Ministerio
de Finanzas.
Que los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 consignan los requisitos
para el ingreso de personal a la administración Publica Provincial, por lo
cual, resulta necesario encomendar al Área Recursos Humanos de la Di-
rección General de Coordinación Operativa de la cartera actuante la veri-
cación del efectivo cumplimiento de los mismos.
Por ello, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas con el N°
793/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N° 1137/2016, y en ejercicio de
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto,
para la cobertura de dos (2) cargos vacantes del Agrupamiento Adminis-
trativo en la Secretaria Privada de la Secretaria de Ingresos Públicos, de-
pendiente del Ministerio de Finanzas, a las señoras María Cristina REY
D.N.I. N° 27.726.600 Y María Celeste SCHEURER, D.N.I. N° 27.763.774,
por encontrarse en el primer y segundo puesto, respectivamente del Orden
de Mérito correspondiente al concurso de títulos antecedentes y oposición
convocado por Resolución N° 126/2015 del referido Ministerio, en los tér-
minos del artículo 14° Punto I de la Ley N° 9361.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la Jefatura de Área de Recursos
Humanos de la Dirección de Coordinación Operativa del Ministerio de Fi-
nanzas, en caso de corresponder, vericará el efectivo cumplimiento de los
requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 para el
ingreso de personal a la Administración Publica Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Finanzas y Fiscal de Estado y rmado por la Señora Secretaría
General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1940
Córdoba, 11 de diciembre de 2017
VISTO: El expediente N° 0027-058199/2015 del registro del Ministerio de
Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 126/2015 del Ministerio de Finanzas se
dispuso el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en
los términos del artículo 14° punto I) de la Ley 9361, para cubrir un (1)
cargo vacante del Agrupamiento Administrativo – Secretaria Privada dela
Secretaria de Administración Financiera de la citada Jurisdicción.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N°
9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, quien
fue la encargada de determinar el Cronograma del proceso concursal, el
que fue publicitado y publicado en la Página WEB Ocial del Gobierno
Provincial.
Qué asimismo, mediante Acta N° 1/2015 de la Comisión Laboral de

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