Decreto - N° 183 - AJG/2023, 16/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DECRETO N.º 183/23
Buenos Aires, 14 de junio de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente
Electrónico Nº 23003517-GCABA-MSGC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aceptación del legado
sin cargo a favor del Hospital de Rehabilitación Respiratoria “María Ferrer”,
dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, otorgado por el causante cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados
“RUGGERO, BRUNO ALBERTO ROLANDO s/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA”,
Expediente Judicial N° 72803/21, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia
en lo Civil Nº 17, Secretaría Única de esta Ciudad;
Que el causante, Bruno Alberto Rolando Ruggero, ha otorgado testamento,
protocolizado por Escritura Pública Número 17, de fecha 22 de enero de 2020, Folio
53 del Registro Notarial N° 515, autorizada por el Escribano Juan José Lezica, legando
el producido de la venta del inmueble sito en la calle Carlos Pellegrini N° 623/29/35,
piso 3°, Unidad Funcional N° 4, y dos espacios guardacoches representados como
dos sobre dieciocho (2/18) avas partes indivisas de la Unidad Complementaria N° I, de
esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Hospital de Rehabilitación Respiratoria
“María Ferrer”;
Que habiendo fallecido el señor Bruno Alberto Rolando Ruggero el día 19 de agosto
de 2021, conforme surge de la partida de defunción agregada en los autos
mencionados en el Visto, corresponde aceptar el legado de acuerdo a los términos del
testamento;
Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas por cumplir;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires considera conveniente para
los intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la aceptación del legado sin
cargo efectuado por el causante a favor del Hospital de Rehabilitación Respiratoria
“María Ferrer” y ha tomado intervención conforme lo establecido en la Ley Nº 1.218;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 inciso 16 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Aceptar el legado sin cargo efectuado por el señor Bruno Alberto Rolando
Ruggero a favor del Hospital de Rehabilitación Respiratoria “María Ferrer”, consistente
en el producido de la venta del inmueble sito en la calle Carlos Pellegrini N° 623/29/35,
piso 3°, Unidad Funcional N° 4, y dos espacios guardacoches representados como
dos sobre dieciocho (2/18) avas partes indivisas de la Unidad Complementaria N° I, de
esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6643 - 16/06/2023

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