Decreto N° 1763

Fecha de Entrada en Vigor18 de Julio de 2018
Fecha de la disposición20 de Julio de 2018

DECRETO N° 1763

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

03 JUL. 2018

VISTO:

El Expediente N° 00201-0189447-2 del Registro de Sistema de Información de Expedientes — MINISTERIO DE SEGURIDAD que gestiona la sustanciación del Concurso de Ascensos Policiales 2017;

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo 5° "Régimen de Ascensos y Concursos" del Título II "Carrera Policial" de la Ley N° 12.521 y Decretos Reglamentarios Nros. 423/13 y 1166/2018, se debe poner en marcha el Concurso de Ascenso 2017;

Que el Art. 74° de la L.P.P. y su decreto reglamentario faculta al Poder Ejecutivo a fijar la cantidad de vacantes a cubrir por grado y, en base a ello, la cantidad de Jurados;

Que se requirió desde el Ministerio de Seguridad al Jefe de Policía de la Provincia, se sirva poner de manifiesto cuales son las necesidades institucionales para las diferentes jerarquías, detallando los motivos por los que arriban a tales conclusiones, con el propósito de establecer el número de vacantes para cada uno de los agrupamientos;

Que en función de lo informado por la Jefatura de Policía, en autos interviene la Dirección Provincial de Gestión de Carrera y Bienestar Policial, la que pone de manifiesto que conforme la implementación de las Escuelas Superior y de Especialidades por Decreto N° 688/2015, resulta conveniente establecer la totalidad de las vacantes por grado, efectuándose la distinción por escalafón, poniendo en igualdad de condiciones a aquellos que integran cada uno de ellos acorde a la función que desempeñan y en consecuencia, la capacitación recibida a través de las precitadas escuelas;

Que dentro de la totalidad de vacantes asignadas por grado se diferenciará entre los escalafones general, profesional, técnico y servicios, asignando mayor cantidad de cupo al escalafón general en razón de la superioridad numérica, dejando establecido que en caso de no cubrirse las vacantes asignadas al resto de los escalafones, se utilizará el orden de mérito que se conformare del escalafón general, ocupándose la totalidad los cupos previstos;

Que la citada Dirección Provincial efectúa una consideración respecto de la jerarquía Director General, dejando expresado que el Art. 121° de la Ley del Personal Policial dispone "A partir del año 2015 quienes pretendan participar para director general de policía, en cualesquiera de los escalafones y...

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