Decreto Nº 1742

Fecha de Entrada en Vigor11 de Julio de 2018
Fecha de la disposición29 de Junio de 2018

DECRETO Nº 1742

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

29 de Junio de 2018.

VISTO:

El Expediente N° 00401-0263668-2 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual se gestiona la derogación de los Decretos Nros. 4641/83 “Reglamento para Campamentos Educativos” y 1077/78 modificatorio de su similar Nº 1384/77 relativo a las “Excursiones escolares”, proponiendo la aprobación del Reglamento de Salidas Escolares; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario redefinir, clasificar y establecer conceptos precisos acerca de las diferentes formas que adquieren las salidas escolares (institucionales, excursiones, viajes de estudio, campamentos, etcétera) a fin de establecer acciones y requisitos concretos para cada una de ellas;

Que en el marco de una activa política de estado, pensada desde la perspectiva de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, surge el desafío de que todos ellos, dentro de la Provincia, cuenten con espacios y tiempos para experimentar actividades fuera del ámbito edilicio de la escuela y para que, a través de experiencias directas sobre los aspectos de la naturaleza, la sociedad y la cultura, adquieran los educandos aprendizajes significativos;

Que las salidas escolares constituyen un espacio de estudio en contacto directo con el entorno cultural, científico, natural y económico-productivo; favoreciendo aprendizajes significativos desde la praxis y el desarrollo y participación en experiencias grupales de convivencia en el ambiente natural,

Que la Ley de Educación Nacional Nº 26206 establece en su Artículo 123º inciso ñ) que las instituciones educativas deberán: “Promover experiencias educativas fuera del ámbito escolar, con el fin de permitir a los/as estudiantes conocer la cultura nacional, experimentar actividades físicas y deportivas en ambientes urbanos y naturales y tener acceso a las actividades culturales de su localidad y otras”, siendo las Jurisdicciones quienes dispongan esta organización;

Que resulta pertinente, a los fines de consolidar en los establecimientos educativos, a través de sus recursos humanos, un cambio en la concepción respecto a la naturaleza de las Salidas Escolares, bajo el control de autoridad educativa, en cuanto a su procedimiento, tramitación e implementación;

Que dichas Salidas Escolares se encuentran bajo control de autoridad educativa, en su condición de parte integrante del Ministerio de Educación y ejecutadas por parte del personal educativo;

Que resulta importante destacar que los denominados viajes de egresados y/o de esparcimiento contratados por padres, que involucran a estudiantes y se realizan a un lugar determinado sin la dirección ni control de la autoridad educativa, escapan a la responsabilidad regulada por el Artículo 1767º del Código Civil y Comercial de la Nación, y por lo tanto no encuadrandentro de las previsiones del presente decreto;

Que han tomado intervención diversas áreas del Servicio Provincial de Enseñanza Privada dando prosecución al trámite;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos se expidió en Dictamen Nº 357/17;

Que a foja 16 obra participación de la Secretaría de Educación y a foja 43 de la Dirección Provincial de Educación Física;

Que la Subsecretaría de Asuntos Legales y Despacho de la Cartera Educativa solicita la elaboración del decisorio correspondiente;

Que hatomado intervención Fiscalía de Estado en Parecer Nº 0144/18, conforme las previsiones del Artículo 3º Inciso c) del Decreto Nº 132/94;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º

Deróganse los Decretos Nros. 1384/77, 1077/78 y 4641/83, sus reglamentaciones y toda norma que se oponga al presente.

ARTÍCULO 2º

Apruébase el “Reglamento de Salidas Escolares” para todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial de gestión oficial o privada que, como Anexo I forma parte de este decreto.

ARTÍCULO 3º

Apruébanse los Formularios “Modelo de Autorización Salida Escolar” y “Ficha Médica para Salida Escolar” que como Anexos II y III, respectivamente, se agregan a este decisorio.

ARTÍCULO 4º

Los casos no previstos y todo otro asunto o aspecto no contemplado específicamente en el reglamento aprobado por el Artículo 2º, serán resueltos por el Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 5º

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LIFSCHITZ

Bioq. Claudia Elizabeth Balagué

ANEXO I DEL DECRETO

REGLAMENTO DE SALIDAS ESCOLARES

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

CONCEPTOS Y CLASIFICACIONES

ARTÍCULO 1º

) Entiéndase por salidas escolares a todas aquellas actividades que se desarrollan bajo control de autoridad escolar, fuera del ámbito edilicio del establecimiento educativo, que a través de experiencias directas sobre los aspectos de la naturaleza, la sociedad y la cultura, brinden a los estudiantes aprendizajes significativos.

La expresión “bajo control de autoridad escolar” comprende la totalidad del tiempo que la misma insuma, desde el momento en que los estudiantes comienzan la actividad programada hasta su culminación.

ARTÍCULO 2º

) A los fines del presente reglamento las salidas escolares se clasifican en:

2.1 INSTITUCIONALES: concurren solamente un grupo reducido de estudiantes por motivo de las características personales y de la actividad, como la representación institucional en actos públicos. Feria de Ciencia y Tecnología, Programas Educativos Ministeriales, Jornadas Deportivas y otras actividades similares.

2.2 EXCURSIONES: toda salida fuera del edificio escolar, que contemple una propuesta didáctica en terreno, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y coherente con los contenidos curriculares pertinentes. Las excursiones no exceden la duración de un día.

2.3 VIAJES DE ESTUDIOS: toda salida fuera del ámbito escolar, que contemple una propuesta didáctica en terreno, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y coherente con los contenidos curriculares pertinentes. Su duración puede prolongarse hasta cinco días hábiles. Se realizan dentro y/o fuera de la jurisdicción provincial y son promovidos o no por organismos oficiales. Se materializan en cualquier época del año, proponiéndose itinerarios especiales con requisitos específicos, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR