Decreto N° 16 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Enero de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 22
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 27 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
por el cual el propietario vende y transere la fracción de terreno declarada
de utilidad pública y sujeta a expropiación, individualizada conforme Plano
de Afectación CS-PX(RN36)255-ROA, para la ejecución de la obra de que
se trata, encerrando una porción de aproximadamente 48.153 m2, sujeta
a determinación mediante el correspondiente plano de mensura; asimis-
mo, hace entrega de la posesión abonando la empresa parte del precio a
cuenta del que en denitiva jase el Consejo General de Tasaciones, en
tanto que se acompaña la documentación que acredita la calidad de los
suscriptores de los convenios en cuestión.
Que en el Convenio Definitivo y su Adenda se consigna que las par-
tes fijan de común acuerdo el precio de la fracción expropiada, importe
que coincide con lo establecido mediante Resolución N° 8798/2016,
por el Consejo General de Tasaciones, lo que sumado al 10 % adicional
autorizado por el artículo 14 de la ley N° 6394, hace un importe total,
único, definitivo e irrevocable de Pesos Quinientos Treinta y Cuatro Mil
Cuatrocientos Cuarenta y Seis ($ 534.446,00), el que se considera que
incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea
consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier
otro concepto, en los términos de la Ley de Expropiaciones N° 6394.
Que, asimismo, se acuerda que habiendo abonado al momento de la
toma de posesión parte del precio, se paga al propietario el saldo restante
mediante cheque, el cual es imputado al pago total, único y denitivo.
Que la transferencia del dominio del inmueble a favor del Estado Provincial
será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer
la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio
Definitivo, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 13,
14 y 21 de la Ley N° 6394, y en las disposiciones de las Cláusulas
16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto
N° 1598/1997, así como el artículo 7, inciso d), del Marco Regulatorio
aprobado por Decreto N° 1590/1997, los cuales establecen que el con-
cesionario Caminos de las Sierras S.A., tiene el deber y la atribución
de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictami-
nado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Obras Públicas con el N° 519/2021, por Fiscalía de Estado bajo el N°
1138/2021 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera
declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica
por Ley N° 10.175 e individualizado por Resolución N° 121/2014 del enton-
ces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas
por Decreto N° 676/2014 ubicada en Pedanía Las Peñas, Departamento Río
Cuarto de esta Provincia, inscripto en su mayor supercie en el Registro
General de la Provincia en Matrícula N° 750.004, con una supercie a afec-
tar de 4 has. 8.586 m2, de acuerdo al Plano de Mensura para Expropiación
confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián Castillo y visado por la
Dirección General de Catastro con fecha 20 de agosto de 2015, en el Expte.
N° 0033-094884/2015;y,consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio De-
nitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento y su Adenda, que como
Anexo I, compuesto de catorce (14) fojas útiles, integra este acto, celebrado
entre la rma CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A., en representación de la
Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Ac-
cesos a la Ciudad de Córdoba, y, el señor Elvio José CASTELLI, D.N.I.
14.310.612, en carácter de titular registral, con el consentimiento de la seño-
ra Nélida Blanca BIMA, D.N.I. Nº 2.480.787, en su carácter de usufructuaria,
para ser destinado a la ejecución de la obra: “DUPLICACIÓN DE CALZADA
RUTA NACIONAL N° 36 – TRAMO: ALMAFUERTE – ELENA”.
Artículo 2°.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a
favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el
artículo 21 de la Ley N° 6394.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a Caminos de
las Sierras S.A., notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Decreto N° 16
Córdoba, 10 de enero de 2022
VISTO: el Expediente N° 0521-062455/2021 del registro del Ente Regula-
dor de Servicios Públicos (E.R.Se.P.).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial, Edilicia y Antenas
del E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Denitivo de Adquisición
de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubica-
da en Las Aguadas, Pedanía Constitución, Departamento Colón de esta
Provincia, inscripto en su mayor supercie en el Registro General de la
Provincia en Matrícula N° 801.211 (13-03), con una supercie a afectar de 1
ha., 642 m2, celebrado el día 16 de marzo de 2021, entre la rma Caminos
de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su
carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba,
y el representante de la empresa INTEGRARSE S.A., propietaria del men-
cionado bien, para ser destinado a la ejecución de la obra: “DUPLICACIÓN
DE CALZADA RUTA NACIONAL N° 9 NORTE - TRAMO: VARIANTE JUA-
REZ CELMAN (KM 724) - ESTACIÓN GENERAL PAZ (KM 735) .
Que el referenciado inmueble fue declarado de utilidad pública y sujeto
a expropiación de manera genérica por Ley N° 9857, que declara en dicha
condición a todos aquellos que fueran necesarios para la ejecución de
la Red de Acceso a Córdoba (RAC) correspondientes a la Ruta Nacional
N° 9 (Norte), e individualizado por Resolución N° 130/2015 del entonces
Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por
Decreto N° 353/2015; ello, con destino a la obra pública citada anteriormen-
te, siendo la supercie a afectar de 1 ha., 642 m2, de acuerdo al Plano de
Mensura, confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián CASTILLO, y
visado por la Dirección General de Catastro, con fecha 26 de mayo de 2017,
en el Expediente N° 0033-103137/2017.

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