Decreto N° 1565 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Enero de 2022
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXV - Nº 21
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 26 DE ENERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Que al respecto, la doctrina sostiene que “...cuando el procedimiento es
en el mero interés del administrado, sobre él recae la carga de impulsarlo
hasta la conclusión nal y su inactividad por el término legal puede generar
la caducidad del trámite...” (Sesín Domingo J., El procedimiento administra-
tivo en Córdoba, en Procedimiento Administrativo, Jornadas organizadas
por la Universidad Austral, Facultad de Derecho, Buenos Aires, 1998, p.
475 y ss.).
Que asimismo, deviene procedente instruir al señor Fiscal de Estado para
que, a través de la Procuración del Tesoro, inicie las acciones judiciales
pertinentes, a n de incorporar al patrimonio de la Provincia los bienes
quedados al fallecimiento del señor Juan Antonio PEINE, en el marco de lo
establecido en los artículos 717 a 723 de la Ley N° 8465 -Código de Pro-
cedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba- y artículo 20 del
Decreto N° 25.384/B/24; ordenándose a la Dirección General de Catastro
y al Registro General de la Provincia a colocar Nota de Prevención en los
respectivos asientos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la
Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N° 538/2021,
por Fiscalía de Estado bajo N° 992/2021 y en uso de atribuciones consti-
tucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DECLÁRASE la caducidad del trámite de denuncia de Heren-
cia Vacante formulada por la señora Marisol CRUZ, D.N.I. N° 25.860.276,
respecto de los bienes quedados al fallecimiento del señor Juan Antonio
PEINE, D.N.I. N° 6.543.918, por las razones expuestas en los fundamentos
de este instrumento legal.
Artículo 2°.- INSTRÚYESE al señor Fiscal de Estado para que, a través
de la Procuración del Tesoro, inicie las acciones judiciales pertinentes, ten-
dientes a declarar la vacancia de los bienes quedados al fallecimiento del
referido señor Juan Antonio PEINE e incorporarlos al patrimonio de Estado
Provincial.
Artículo 3°.- ORDÉNASE a la Dirección General de Catastro y al Registro
General de la Provincia, la colocación de Nota de Prevención en el asiento
dominial del bien inmueble presuntamente vacante, inscripto en la Matrí-
cula N° 876.071 (19-04), a efectos de impedir cualquier operación referida
al mismo. En caso de producirse cualquier situación a su respecto, deberá
informarse a la Contaduría General de la Provincia y a la Secretaría de
Gestión de Inmuebles, Seguros y Asuntos Legales de la Secretaría Gene-
ral de la Gobernación.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1565
Córdoba, 22 de diciembre de 2021
VISTO:
El Expediente Nº 0334-000213/2017/A1 del registro de la Agencia Córdoba
de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta (ACIF SEM).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la aprobación del modelo
de Addenda IV al Convenio de Crédito a Comprador, con cobertura de la
Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación – CESCE
- suscripto entre la Provincia de Córdoba, en carácter de “Deudor” y el
Deutsche Bank S.A.E., en carácter de “Banco Agente, Banco Organizador
y Banco Financiador”.
Que consta en autos detallado informe técnico expedido por la señora Se-
cretaria de Financiamiento, en el cual se propicia la aprobación del modelo
de Addenda IV, modicatorio del periodo de disponibilidad del crédito com-
prador, que la Provincia de Córdoba suscribió con fecha 05 de noviem-
bre de 2018 con el Deutsche Bank S.A.E., destinado a la construcción y
equipamiento del nuevo edicio Hospital Zonal Suroeste en la Provincia
de Córdoba.
Que como antecedentes, surgen agregados, entre otros: a) Resolución
ACIF-SEM 174/2017, que adjudicó a VAMED ENGINEERING GMBH la
Licitación N° 28/2017, en relación a la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA EL HOSPITAL ZONAL SUROESTE – CIUDAD DE CÓR-
DOBA – PROVINCIA DE CÓRDOBA – CONTRATO LLAVE EN MANO”,
con provisión de nanciamiento; b) Decreto Provincial N° 636/2018 por el
cual se aprobaron los modelos de Contratos entre la Provincia de Córdoba
y el Deutsche Bank Sociedad Anónima Española y c) Decretos Provincia-
les N° 1353/2019, N° 72/2021 y N° 690/2021, por el cual se aprobaron los
modelos de Addenda I, II y III respectivamente, a los Convenios de Crédito
a Comprador, con cobertura de la Compañía Española de Seguros de Cré-
dito a la Exportación – CESCE- y de Crédito Comercial, suscriptos entre la
Provincia de Córdoba, en carácter de “Deudor” y el Deutsche Bank S.A.E.,
en carácter de “Banco Agente, Banco Organizador y Banco Financiador”.
Que las Partes del referenciado Contrato de Obra Pública cuyo objeto es la
“Construcción del Nuevo Edicio para el Hospital Zonal Suroeste – Ciudad
de Córdoba – Provincia de Córdoba - Contrato Llave en Mano”, de mutuo
acuerdo últimamente jaron el 28/02/2022, como plazo de nalización para
el resultado comprometido, ello conforme a la Resolución N° 536, fechada
26/11/2021, de la Secretaría de Arquitectura, dependiente del Ministerio
de Obras Públicas, mediante la cual se dispuso ampliar por el término de
noventa (90) días el plazo de ejecución de la citada obra, estableciéndose
como nueva fecha de vencimiento de la misma el día 28/02/2022.
Que la señora Secretaria de Financiamiento del Ministerio de Finanzas
insta nueva adición al Período de Disposición previsto en el Convenio de
Crédito a Comprador, precisando en este sentido: “…El nivel de avance de
la obra Civil se encuentra terminada y esta extensión del plazo se procura
para lograr la instalación denitiva de los equipos. Esta unidad técnica su-
giere modicar la redacción del préstamo comprador que se adjunta en el
modelo (…) el cual ya cuenta con el visto bueno del banco agente y nan-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR